Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Campo Arañuelo. (BOP-2025-1765)
BOP-2025-1765 Convocatoria para la provisión como personal laboral temporal en ejecución del programa de carácter temporal: de prevención con familias y menores en riesgo de exclusion social para el año 2025 "PROPREFAME", de una plaza de Tecnico/a PROPREFAME,
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Común de las Administraciones Públicas, así como la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del
Sector Público y demás normas concordantes de aplicación.
3.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES:
Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, de conformidad con el artículo 56º
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los aspirantes deberán reunir los siguientes
requisitos:
Ser español, de acuerdo con las leyes vigentes o tener nacionalidad de cualquiera de
los estados miembros de la Unión Europea o de aquellos estados, que en virtud de
tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores, en conformidad con la Ley 17/1993.
(De conformidad con lo establecido en el Art.57.4. del R.Dto.L 5/2015, de 30 de
octubre (TRLEBEP), los extranjeros a los que se refieren los apartados anteriores del
artículo 57, así como los extranjeros con residencia legal en España podrán acceder a
las Administraciones Públicas, como personal laboral, en igualdad de condiciones que
los españoles.)
Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad de
jubilación.
Estar en posesión a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, o
en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de
instancias, del título oficial de EDUCADOR/A SOCIAL – TRABAJADOR SOCIAL -
PSICÓLOGO/A, expedido con arreglo a la legislación vigente. En el supuesto de
invocar un Título equivalente obtenido en España cuya homologación expresa no esté
recogida en la normativa del Ministerio que tenga atribuidas la competencia en la
materia, u obtenido en el extranjero, habrá de acompañarse certificado expedido por la
Secretaría de Estado de Educación, u organismo que en su caso le sustituya, que
acredite la equivalencia.
Poseer la capacidad funcional para el desempeño del puesto al que se aspira.
No hallarse incurso/a en causa de incapacidad o incompatibilidad, con arreglo a la
legislación vigente.
No haber sido condenado/a por sentencia firme, por un delito contra la libertad e
indemnidad sexual, trata de seres humanos o explotación de menores.
No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de
las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
CVE:
BOP-2025-1765
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 10 de abril de 2025
N.º 0070
Pág. 8359
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Común de las Administraciones Públicas, así como la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del
Sector Público y demás normas concordantes de aplicación.
3.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES:
Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, de conformidad con el artículo 56º
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los aspirantes deberán reunir los siguientes
requisitos:
Ser español, de acuerdo con las leyes vigentes o tener nacionalidad de cualquiera de
los estados miembros de la Unión Europea o de aquellos estados, que en virtud de
tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores, en conformidad con la Ley 17/1993.
(De conformidad con lo establecido en el Art.57.4. del R.Dto.L 5/2015, de 30 de
octubre (TRLEBEP), los extranjeros a los que se refieren los apartados anteriores del
artículo 57, así como los extranjeros con residencia legal en España podrán acceder a
las Administraciones Públicas, como personal laboral, en igualdad de condiciones que
los españoles.)
Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad de
jubilación.
Estar en posesión a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, o
en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de
instancias, del título oficial de EDUCADOR/A SOCIAL – TRABAJADOR SOCIAL -
PSICÓLOGO/A, expedido con arreglo a la legislación vigente. En el supuesto de
invocar un Título equivalente obtenido en España cuya homologación expresa no esté
recogida en la normativa del Ministerio que tenga atribuidas la competencia en la
materia, u obtenido en el extranjero, habrá de acompañarse certificado expedido por la
Secretaría de Estado de Educación, u organismo que en su caso le sustituya, que
acredite la equivalencia.
Poseer la capacidad funcional para el desempeño del puesto al que se aspira.
No hallarse incurso/a en causa de incapacidad o incompatibilidad, con arreglo a la
legislación vigente.
No haber sido condenado/a por sentencia firme, por un delito contra la libertad e
indemnidad sexual, trata de seres humanos o explotación de menores.
No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de
las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
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