Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2025-1752)
BOP-2025-1752 Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno Programa Escala "Montehermoso te Forma 2024".
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
●
●
●
●
●
Normas de Convivencia.
Durante las clases y el trabajo efectivo, los dispositivos móviles o electrónicos deberán
estar apagados y no podrán utilizarse, ni estar visibles sobre la mesa de trabajo. Sólo se
permitirá su utilización, durante los períodos de descanso, que se establecerá siempre a
criterio de los técnicos. En caso de incumplimiento, se podrá llegar a la custodia de los
mismos.
Durante las clases y en el interior del edificio, no se podrá comer.
Está prohibido fumar dentro de las instalaciones según la ley 42/2010 de 30 de
diciembre de medidas sanitarias frente al tabaquismo. Se podrán establecer dos
períodos de descansos breves para fumar y/o ir al baño, siempre a criterio de los
técnicos. Se instalarán ceniceros en zona habilitada, y el hecho de tirar colillas al suelo,
podrá ser motivo de sanción.
Antes de abandonar el aula, ésta deberá quedar totalmente recogida y limpia.
En el transcurso de las clases en el aula los alumnos-trabajadores deberán solicitar
permiso para abandonarla, en caso de necesidad.
ACCESO A TALLERES. - Queda prohibido el acceso a las instalaciones a toda persona ajena
a los mismos. Sólo será permitido con autorización verbal o escrita de directores o monitores
responsables dado que los trabajadores formalizan un contrato de trabajo, desde el punto de
vista disciplinario están sometidos a la normativa laboral vigente y en concreto al régimen
disciplinario que marca el Estatuto de los Trabajadores.
CAPÍTULO IV.
Artículo 12.- Seguridad Laboral.
Para garantizar la seguridad y salud de los alumnos - trabajadores y del personal del Programa
Escala a la hora de manejar los diferentes equipos, utensilios, maquinaria, etc, deberán tenerse
en cuenta las siguientes instrucciones:
A) Adoptar las mejores medidas de prevención de contagio del coronavirus en el ámbito del
trabajo, tanto individual como colectivamente, tomando todas las aquellas que sean necesarias
para garantizar que todos los miembros que trabajen de forma segura, evitando cualquier
situación de exposición innecesaria.
B) Los alumnos - trabajadores no podrán utilizar o poner en funcionamiento una máquina sin
autorización expresa de su profesor. Cuando se trate de actividades peligrosas o con cierto
grado de dificultad, lo harán bajo la supervisión directa del mismo.
CVE:
BOP-2025-1752
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 10 de abril de 2025
N.º 0070
Pág. 8320
●
●
●
●
Normas de Convivencia.
Durante las clases y el trabajo efectivo, los dispositivos móviles o electrónicos deberán
estar apagados y no podrán utilizarse, ni estar visibles sobre la mesa de trabajo. Sólo se
permitirá su utilización, durante los períodos de descanso, que se establecerá siempre a
criterio de los técnicos. En caso de incumplimiento, se podrá llegar a la custodia de los
mismos.
Durante las clases y en el interior del edificio, no se podrá comer.
Está prohibido fumar dentro de las instalaciones según la ley 42/2010 de 30 de
diciembre de medidas sanitarias frente al tabaquismo. Se podrán establecer dos
períodos de descansos breves para fumar y/o ir al baño, siempre a criterio de los
técnicos. Se instalarán ceniceros en zona habilitada, y el hecho de tirar colillas al suelo,
podrá ser motivo de sanción.
Antes de abandonar el aula, ésta deberá quedar totalmente recogida y limpia.
En el transcurso de las clases en el aula los alumnos-trabajadores deberán solicitar
permiso para abandonarla, en caso de necesidad.
ACCESO A TALLERES. - Queda prohibido el acceso a las instalaciones a toda persona ajena
a los mismos. Sólo será permitido con autorización verbal o escrita de directores o monitores
responsables dado que los trabajadores formalizan un contrato de trabajo, desde el punto de
vista disciplinario están sometidos a la normativa laboral vigente y en concreto al régimen
disciplinario que marca el Estatuto de los Trabajadores.
CAPÍTULO IV.
Artículo 12.- Seguridad Laboral.
Para garantizar la seguridad y salud de los alumnos - trabajadores y del personal del Programa
Escala a la hora de manejar los diferentes equipos, utensilios, maquinaria, etc, deberán tenerse
en cuenta las siguientes instrucciones:
A) Adoptar las mejores medidas de prevención de contagio del coronavirus en el ámbito del
trabajo, tanto individual como colectivamente, tomando todas las aquellas que sean necesarias
para garantizar que todos los miembros que trabajen de forma segura, evitando cualquier
situación de exposición innecesaria.
B) Los alumnos - trabajadores no podrán utilizar o poner en funcionamiento una máquina sin
autorización expresa de su profesor. Cuando se trate de actividades peligrosas o con cierto
grado de dificultad, lo harán bajo la supervisión directa del mismo.
CVE:
BOP-2025-1752
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 10 de abril de 2025
N.º 0070
Pág. 8320