Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2025-1724)
BOP-2025-1724 Bases 1 Operario Especialista de Parques y Jardines (Personal Laboral Fijo) por Oposición Libre - OEP 2024.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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4.- Victimas de terrorismo.
Quedarán exentas del pago de la tasa, las víctimas de terrorismo, sus cónyuges, así
como sus hijos.
5.- Víctimas de violencia de género.
Quedarán exentas del pago de la tasa, a que hace referencia la Ley Orgánica 1/2004,
de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género,
y que así lo acrediten.
En caso de no quedar suficientemente acreditada la condición de beneficiario de las
bonificaciones referidas en este artículo, este Ayuntamiento solicitará que se subsane
tal circunstancia, bien aportando la documentación que corresponda a cada situación
según lo descrito o bien abonando la tasa completa para el proceso selectivo al que
opte. En caso de no subsanarse la deficiencia detectada, el solicitante perderá el
derecho a concurrir a la convocatoria y en su caso, a la devolución de la tasa abonada.
3.5.2.- Devolución de la tasa.
La devolución de la tasa se pedirá a instancia de la persona interesada y sólo
procederá en aquellos supuestos en los que los candidatos sean excluidos en las
listas definitivas de admisión, una vez concluido el plazo de subsanación otorgado en
cada convocatoria y previa entrega del correspondiente impreso de “Alta de Terceros”.
3.6.- Adaptación de las pruebas a personas con grado de discapacidad.
Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %
deberán solicitar las adaptaciones y ajustes razonables necesarios de tiempo y medios
para la realización de las pruebas selectivas, debiendo reflejar las necesidades
específicas que tiene para acceder al proceso de selección en igualdad de
condiciones.
A efectos de valorar la procedencia de la concesión de las adaptaciones solicitadas, se
recabará del candidato/a el correspondiente certificado o información adicional. La
adaptación no se otorgará de forma automática, sino únicamente en aquellos casos en
que la discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar.
La solicitud podrá solicitarse en el momento de presentación de instancias o en
cualquier otro siempre anterior a la fecha de realización de las pruebas, con suficiente
antelación para la realización de adaptaciones que sean necesarias.
CUARTA.- ADMISION DE CANDIDATO/AS.
4.1.- Lista provisional.
Terminado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde dictará Resolución, en el
plazo máximo de dos meses, declarando aprobada la lista provisional de personas
admitidas y excluidas, con indicación de la causa de exclusión. Se concederá un plazo
de 10 días hábiles para formular reclamaciones y presentar los documentos
justificativos. Igualmente, para subsanación de errores.
CVE:
BOP-2025-1724
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 9 de abril de 2025
N.º 0069
Pág. 8117
4.- Victimas de terrorismo.
Quedarán exentas del pago de la tasa, las víctimas de terrorismo, sus cónyuges, así
como sus hijos.
5.- Víctimas de violencia de género.
Quedarán exentas del pago de la tasa, a que hace referencia la Ley Orgánica 1/2004,
de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género,
y que así lo acrediten.
En caso de no quedar suficientemente acreditada la condición de beneficiario de las
bonificaciones referidas en este artículo, este Ayuntamiento solicitará que se subsane
tal circunstancia, bien aportando la documentación que corresponda a cada situación
según lo descrito o bien abonando la tasa completa para el proceso selectivo al que
opte. En caso de no subsanarse la deficiencia detectada, el solicitante perderá el
derecho a concurrir a la convocatoria y en su caso, a la devolución de la tasa abonada.
3.5.2.- Devolución de la tasa.
La devolución de la tasa se pedirá a instancia de la persona interesada y sólo
procederá en aquellos supuestos en los que los candidatos sean excluidos en las
listas definitivas de admisión, una vez concluido el plazo de subsanación otorgado en
cada convocatoria y previa entrega del correspondiente impreso de “Alta de Terceros”.
3.6.- Adaptación de las pruebas a personas con grado de discapacidad.
Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %
deberán solicitar las adaptaciones y ajustes razonables necesarios de tiempo y medios
para la realización de las pruebas selectivas, debiendo reflejar las necesidades
específicas que tiene para acceder al proceso de selección en igualdad de
condiciones.
A efectos de valorar la procedencia de la concesión de las adaptaciones solicitadas, se
recabará del candidato/a el correspondiente certificado o información adicional. La
adaptación no se otorgará de forma automática, sino únicamente en aquellos casos en
que la discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar.
La solicitud podrá solicitarse en el momento de presentación de instancias o en
cualquier otro siempre anterior a la fecha de realización de las pruebas, con suficiente
antelación para la realización de adaptaciones que sean necesarias.
CUARTA.- ADMISION DE CANDIDATO/AS.
4.1.- Lista provisional.
Terminado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde dictará Resolución, en el
plazo máximo de dos meses, declarando aprobada la lista provisional de personas
admitidas y excluidas, con indicación de la causa de exclusión. Se concederá un plazo
de 10 días hábiles para formular reclamaciones y presentar los documentos
justificativos. Igualmente, para subsanación de errores.
CVE:
BOP-2025-1724
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 9 de abril de 2025
N.º 0069
Pág. 8117