Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-1708)
BOP-2025-1708 Convocatoria Autorización del Desempeño de Puestos de Trabajo, Modalidad no presencial. Teletrabajo
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En el artículo 20 1. (4) del Capítulo III DEL PROCEDIMIENTO, se establece que la Presidencia
de la Diputación Provincial dictará resolución por la que se convoca proceso para la
autorización del desempeño de puestos de trabajo en la modalidad de prestación no presencial
bajo la fórmula del teletrabajo. Con carácter general, la citada convocatoria se publicará en el
Boletín Oficial de la Provincia con una periodicidad anual. Así mismo, en el punto 2 establece el
contenido que debe recoger la convocatoria.
Por todo ello, y para posibilitar a los empleados públicos incluidos en el ámbito subjetivo de
aplicación recogido en el artículo 3 del ROFT el acceso a la prestación de este servicio en
modalidad no presencial, mediante la fórmula del Teletrabajo, vista la propuesta del Área de
Personal, esta Presidencia en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 34.1 h) de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,
RESUELVE
Convocar el proceso para otorgar la autorización del desempeño de puestos de trabajo
pertenecientes a la Diputación Provincial de Cáceres, en la modalidad de prestación no
presencial mediante la fórmula de teletrabajo, con sujeción a las siguientes:
BASES DE LA CONVOCATORIA
PRIMERA.- NORMAS GENERALES
1.- El procedimiento de autorización para desempeñar el servicio a través del sistema del
teletrabajo, se regirá además de por lo establecido en estas bases, por lo dispuesto en el
ROFT.
2.- Las bases de la presente convocatoria, así como sus anexos, se podrán consultar a través
del Portal del Empleado, radicado en la Intranet de la página web corporativa de la Diputación
de Cáceres, radicado en la siguiente dirección de internet: https://www.dip-caceres.es/.
SEGUNDA.- ÁMBITO SUBJETIVO DE APLICACIÓN
1.- El presente Reglamento será de aplicación al personal funcionario y laboral que preste sus
servicios en la Diputación Provincial de Cáceres, el Organismo Autónomo de Recaudación y
Gestión Tributaria y el Consorcio MasMedio, y venga ocupando un puesto de trabajo
susceptible de ser desempeñados por esta modalidad, previa solicitud y autorización, de
acuerdo con lo estipulado en el art. 6 y cumpla, asimismo, los requisitos exigidos en el art.4 de
este Reglamento, garantizado en todo caso la atención directa presencial a la ciudadanía y
estará sujeto a las necesidades del servicio.
CVE:
BOP-2025-1708
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 9 de abril de 2025
N.º 0069
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