Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Serrejón. (BOP-2025-1662)
BOP-2025-1662 Plan Estratégico de Subvenciones.
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AYUNTAMIENTO DE SERREJÓN (CÁCERES)
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CAPÍTULO II: LÍNEAS ESTRATÉGICAS DE ACTUACIÓN.
Las líneas estratégicas de actuación recogidas en el presente Plan Estratégico, en el que
se integran las líneas de subvenciones del Ayuntamiento son las siguientes:
1. Fomento de la actividad asociativa y la participación ciudadana.
2. Dinamización cultural y educativa.
3. Cooperación al desarrollo.
4. Fomento económico y social.
5. Fomento del deporte.
6. Acción social.
7.
CAPÍTULO III.- BENEFICIARIOS Y PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN.
III.1.- Beneficiarios.
Tendrán la consideración de beneficiarios las personas o asociaciones que hayan de
realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en situación que
legitima su concesión, que cumpla con los requisitos establecidos en la normativa
aplicable.
III.2.- Procedimiento de concesión.
El Ayuntamiento concederá subvenciones, en los términos establecidos en la normativa
vigente en materia de subvenciones, mediante convocatoria pública en régimen de
concurrencia competitiva, o excepcionalmente, a través de concesión directa.
a) Concurrencia competitiva.
La concesión de las subvenciones se realizará mediante la comparación de las solicitudes
presentadas dentro de un plazo limitado, a fin de establecer una prelación entre las mismas
de acuerdo con los criterios de valoración previamente fijados en las bases reguladoras y
en la convocatoria, y adjudicar, con el límite fijado en la convocatoria dentro del crédito
disponible, aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados
criterios. En este supuesto, la propuesta de concesión se formulará al órgano concedente
por un órgano colegiado a través del órgano instructor.
Este procedimiento requerirá la aprobación de unas bases por el órgano de la Corporación
que sea competente para autorizar el gasto, dichas bases serán objeto de una
convocatoria mediante el procedimiento de publicidad establecido legalmente.
El contenido mínimo que deben contener las bases de la convocatoria son los siguientes:
✓ Definición del objeto de la subvención.
✓ Requisitos que deben reunir los beneficiarios para la obtención de la subvención.
✓ Forma y plazo en los que debe presentarse la solicitud.
✓ Condiciones de solvencia y eficacia que debe reunir los beneficiarios.
✓ Procedimiento de concesión de la subvención.
✓ Criterios de valoración.
✓ Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del
procedimiento de concesión de la subvención, y el plazo en que será notificada la
resolución.
✓ Plazo y forma de justificación por parte del beneficiario del cumplimiento de la
finalidad para la que se concedió la subvención y de la aplicación de los fondos
percibidos, con expresión de la documentación concreta a aportar para tal fin.
CVE:
BOP-2025-1662
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 7 de abril de 2025
N.º 0067
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