Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2025-1648)
BOP-2025-1648 Aprobación inicial de las Bases de la convocatoria de Ayudas Extraordinarias de Apoyo Social para Contingencias 2025.
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Ayuntamiento de Hervás
razones humanitarias o, excepcionalmente, cuando la situación de emergencia
comprometa gravemente su subsistencia o la de su unidad familiar y así se haya
acreditado en el informe motivado emitido por el Servicio Social de Atención Social
Básica.
c) Pertenecer a una unidad familiar en la que se carezca de rentas o ingresos suficientes.
Para determinar si en la unidad familiar se carece de rentas o ingresos suficientes, se
procederá a la suma de todos los ingresos netos computables de la unidad familiar
obtenidos en los últimos tres meses anteriores al de la fecha de presentación de la
solicitud y se dividirá por tres, considerándose que existen rentas o ingresos suficientes
cuando los ingresos netos de la unidad familiar sean superiores al 130 % del importe
mensual fijado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado del ejercicio
correspondiente para el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) oficial,
referido a catorce pagas, incrementándose en un 8 % por cada miembro de la unidad
familiar:
IPREM OFICIAL (14 PAGAS): 8.400,00 €
IPREM MENSUAL OFICIAL (14 PAGAS): 700,00 €
LÍMITE DE INGRESOS GENERAL
Nº PERSONAS UEC % IPREM LÍMITE INGRESOS NETOS MENSUALES
1 130% 910,00 €
2 138% 966,00 €
3 146% 1.022,00 €
4 154% 1.078,00 €
5 162% 1.134,00 €
6 170% 1.190,00 €
7 178% 1.246,00 €
8 186% 1.302,00 €
9 194% 1.358,00 €
10 202% 1.414,00 €
Además, cuando la necesidad para la que se presenta la solicitud de la ayuda
corresponda con los gastos contemplados en los apartados e) o f) de la base IV y su
importe supere el 50 % de la renta computable de la unidad familiar, el límite de ingresos
establecido en los párrafos anteriores se incrementará un 25 % del IPREM oficial, referido
a 14 pagas:
LÍMITES SI NO HAY MIEMBROS CON DISCAPACIDAD Y SOLICITAN LA AYUDA
PARA GASTOS DE LAS LETRAS E) O F) DE IMPORTE SUPERIOR EN 50 % A LOS
INGRESOS COMPUTABLES ANTERIORES
Nº PERSONAS UEC % IPREM LÍMITE INGRESOS NETOS MENSUALES
1 155% 1.085,00 €
2 163% 1.141,00 €
3 171% 1.197,00 €
4 179% 1.253,00 €
5 187% 1.309,00 €
6 195% 1.365,00 €
7 203% 1.421,00 €
Cód.
Validación:
9G7AWWLFYRA2H5C3SARSFH9YN
Verificación:
https://hervas.sedelectronica.es/
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Lunes, 7 de abril de 2025
N.º 0067
Pág. 7684
razones humanitarias o, excepcionalmente, cuando la situación de emergencia
comprometa gravemente su subsistencia o la de su unidad familiar y así se haya
acreditado en el informe motivado emitido por el Servicio Social de Atención Social
Básica.
c) Pertenecer a una unidad familiar en la que se carezca de rentas o ingresos suficientes.
Para determinar si en la unidad familiar se carece de rentas o ingresos suficientes, se
procederá a la suma de todos los ingresos netos computables de la unidad familiar
obtenidos en los últimos tres meses anteriores al de la fecha de presentación de la
solicitud y se dividirá por tres, considerándose que existen rentas o ingresos suficientes
cuando los ingresos netos de la unidad familiar sean superiores al 130 % del importe
mensual fijado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado del ejercicio
correspondiente para el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) oficial,
referido a catorce pagas, incrementándose en un 8 % por cada miembro de la unidad
familiar:
IPREM OFICIAL (14 PAGAS): 8.400,00 €
IPREM MENSUAL OFICIAL (14 PAGAS): 700,00 €
LÍMITE DE INGRESOS GENERAL
Nº PERSONAS UEC % IPREM LÍMITE INGRESOS NETOS MENSUALES
1 130% 910,00 €
2 138% 966,00 €
3 146% 1.022,00 €
4 154% 1.078,00 €
5 162% 1.134,00 €
6 170% 1.190,00 €
7 178% 1.246,00 €
8 186% 1.302,00 €
9 194% 1.358,00 €
10 202% 1.414,00 €
Además, cuando la necesidad para la que se presenta la solicitud de la ayuda
corresponda con los gastos contemplados en los apartados e) o f) de la base IV y su
importe supere el 50 % de la renta computable de la unidad familiar, el límite de ingresos
establecido en los párrafos anteriores se incrementará un 25 % del IPREM oficial, referido
a 14 pagas:
LÍMITES SI NO HAY MIEMBROS CON DISCAPACIDAD Y SOLICITAN LA AYUDA
PARA GASTOS DE LAS LETRAS E) O F) DE IMPORTE SUPERIOR EN 50 % A LOS
INGRESOS COMPUTABLES ANTERIORES
Nº PERSONAS UEC % IPREM LÍMITE INGRESOS NETOS MENSUALES
1 155% 1.085,00 €
2 163% 1.141,00 €
3 171% 1.197,00 €
4 179% 1.253,00 €
5 187% 1.309,00 €
6 195% 1.365,00 €
7 203% 1.421,00 €
Cód.
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