Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-1577)
BOP-2025-1577 Aclaración Normas Reguladoras y ejecución del Plan Especial Pedanías Obras 2025 (2025/010).
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Dichas estrategias, se relacionan entre otros, con los siguientes OBJETIVOS DE
DESARROLLO SOSTENIBLE:
ODS 3: Salud y bienestar.
ODS 6: Agua limpia y saneamiento.
ODS 9: Industria, innovación e infraestructura.
ODS 11: Ciudades y comunidades sostenibles.
ODS 13: Acción por el clima.
Considerando que el artículo 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local,
determina las competencias atribuidas a las Diputaciones Provinciales, en su condición de
entidad a la que le corresponde el gobierno y administración de la Provincia, destacándose,
entre otras, la asistencia y la cooperación jurídica, económica y técnica a los Municipios,
especialmente los de menor capacidad económica y de gestión, asegurando el acceso de la
población de la provincia al conjunto de los servicios mínimos de competencia municipal y la
mayor eficacia y economía en la prestación de éstos mediante cualesquiera fórmulas de
asistencia y cooperación municipal.
Estando definidas asimismo las competencias de los municipios en los artículos 25 y 26 de la
Ley 7/85 antes citada, quienes las ejercerán en los términos de la legislación del Estado y de
las Comunidades Autónomas.
Habiéndose dictado la oportuna resolución presidencial de fecha 26 de febrero de 2025, por la
que se acordaba aprobar las normas reguladoras y abono, así como concretar los requisitos de
ejecución y formas de justificación de las actuaciones incluidas en el PLAN ESPECIAL
PEDANÍAS OBRAS 2025.
Vistas las solicitudes de aclaración o modificación de las citadas instrucciones reguladoras del
PLAN ESPECIAL DE PEDANÍAS OBRAS 2025 que se han formulado por algunos de los
beneficiarios del plan en relación a la regulación contenida en el apartado III de las normas
antes mencionadas, relativo a las inversiones objeto de financiación. En virtud de lo expuesto,
previa propuesta de la Jefatura del Servicio General de Planificación, en cumplimiento de los
acuerdos plenarios mencionados más arriba y en ejercicio de las competencias atribuidas por
delegación de la Presidencia de esta Diputación, el Vicepresidente Tercero, de Fomento,
Movilidad y Agenda Provincial.
RESUELVO
PRIMERO.- Aclarar el contenido y extensión del apartado III de las normas reguladoras del
plan y concretar los requisitos de ejecución y formas de justificación de las actuaciones
CVE:
BOP-2025-1577
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 4 de abril de 2025
N.º 0066
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