Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Tajosalor. (BOP-2025-1534)
BOP-2025-1534 Publicación final Reglamento de Régimen Interno Proyecto ESCALA.
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En caso de accidente grave se deberá acudir inmediatamente a un centro médico dando el
aviso al personal docente y directivo del proyecto, y al responsable de la entidad promotora. En
caso de cualquier otro incidente se deberá dar aviso al personal docente y directivo del
proyecto y al responsable de la entidad promotora y acudir a la Mutua.
Cualquier accidente o percance derivado de la inobservancia de las medidas básicas de
seguridad, será responsabilidad exclusiva del usuario.
Si ocurre un accidente en el trabajo, hay que avisar inmediatamente al monitor responsable, al
objeto de confirmar la existencia de un accidente laboral. El determinará los trámites a realizar
para recibir la atención médica adecuada.
Después, avisar a la dirección del proyecto, puesto que tras cada accidente hay que rellenar un
impreso de investigación del mismo. Además, si no se puede determinar la existencia de dicho
accidente, el alumno trabajador se podría quedar sin la asistencia médica, o tendría que abonar
él mismo los gastos.
Si el accidente requiriese de atención en la mutua se debe de recoger el parte entregado para
presentarlo en la oficina del proyecto o, en todo caso, al monitor responsable.
Si se sufre un accidente fuera del horario de trabajo, debe acudirse a la Seguridad Social o al
facultativo que corresponda, como cualquier persona que no pertenece al proyecto.
10.-Régimen disciplinario
A.- Clasificación
Las faltas se clasifican en leves, graves y muy graves.
1.- FALTAS LEVES
La incorrección con sus superiores, compañeros, o subordinados con los que tenga relación en
su cometido laboral o altercados con los compañeros de trabajo que alteren la buena marcha
del servicio, salvo que suponga falta grave.
El retraso reiterado, la negligencia o descuido en el cumplimiento del trabajo. Se entiende por
retraso toda tardanza superior a diez minutos.
Hasta tres faltas de puntualidad sin causa justificada en el periodo de un mes
.
CVE:
BOP-2025-1534
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 2 de abril de 2025
N.º 0064
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