Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdemorales. (BOP-2025-1532)
BOP-2025-1532 Acuerdo Regulador de la Carrera Profesional Horizontal de los/as Empleados/as Públicos/as.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Valdemorales
ANUNCIO. Acuerdo Regulador de la Carrera Profesional Horizontal de los/as
Empleados/as Públicos/as.
PRIMERO. El objeto del presente Acuerdo es la implantación de la carrera profesional en este
Ayuntamiento, de conformidad con lo establecido por el Texto Refundido del Estatuto Básico
del/a Empleado/a Público/a aprobado por el Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre, y la Ley
13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura.
A tenor de lo dispuesto en el artículo 105 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública
de Extremadura, la carrera profesional horizontal del personal funcionario de carrera de las
Administraciones Públicas de Extremadura consiste en el reconocimiento individualizado del
desarrollo profesional alcanzado sin necesidad de cambiar de puesto de trabajo, a través de la
progresión en el sistema de niveles consecutivos.
La progresión en este sistema de niveles se efectuará tras la valoración de la trayectoria y
actuación profesional, de la calidad de los trabajos realizados, de los conocimientos adquiridos,
así como de otros méritos y aptitudes que puedan establecerse por razón de la especificidad
de la función desarrollada y la experiencia adquirida, obteniendo con ello una mejora en la
gestión de los servicios públicos y atención al/a ciudadano/a.
SEGUNDO. Podrá progresar profesionalmente en su carrera administrativa horizontal el
personal al servicio de este Ayuntamiento que tenga la condición de funcionario/a de carrera,
laboral fijo/a y laboral indefinido/a o asimilado/a. También les será de aplicación al personal
funcionario interino y al personal laboral temporal de la misma.
TERCERO. La carrera profesional horizontal tiene las siguientes características:
Voluntaria: Corresponde a cada funcionario/a de carrera decidir su incorporación.
Individual: La carrera horizontal representa el reconocimiento del desarrollo y trayectoria
profesional de cada funcionario/a.
De acceso consecutivo y gradual en el tiempo: El progreso en la carrera horizontal
consiste en el acceso consecutivo a los distintos niveles en que se estructura.
CVE:
BOP-2025-1532
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 2 de abril de 2025
N.º 0064
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