Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral Villuercas Ibores Jara. (BOP-2025-1513)
BOP-2025-1513 Bases para la provisión, mediante concurso-oposición de un puesto de Educador/a Social.
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El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de más de la mitad de sus miembros
con derecho a voto, siendo siempre necesario la presencia del/la Presidente/a y del/la
Secretario/a. Los/as miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en el proceso
cuando en ellos/as se den cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, los/as
interesados/as podrán promover recusación en los casos previstos en el artículo 24 del mismo
texto legal.
El Tribunal resolverá por mayoría de votos de sus miembros presentes todas las dudas y
propuestas que surjan para la aplicación de las normas contenidas en estas Bases y estará
facultado para resolver cuestiones que puedan suscitarse durante la realización de las pruebas,
así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en las mismas
en todo lo previsto en las Bases. Sus acuerdos serán impugnables en los supuestos y en la
forma establecida en la Ley de procedimiento administrativo, citada.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará a lo dispuesto en la Ley39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los/as aspirantes que acrediten su identidad,
a cuyo fin deberán aportar el Documento Nacional de Identidad.
El modo de convocatoria para el ejercicio será en llamamiento único. La no presentación de
un/a aspirante al ejercicio en el momento de ser llamado/a determinará automáticamente el
decaimiento de su derecho a participar en el mismo, quedando excluido/a, en su consecuencia,
del procedimiento selectivo. El orden de puntuación de los/as aspirantes se realizará por orden
alfabético, salvo que el Tribunal decida otro más conveniente.
7.- PROCESO DE SELECCIÓN.
1. Fase de Oposición: Hasta un máximo de 6 puntos.
Ejercicio tipo test: consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 25 preguntas (más 5 de
reserva para supuestos errores, que también deberán contestar), cada una de las cuales
dispondrá de 4 respuestas y siendo una de ellas la correcta, que versarán sobre los temas
relacionados en el Anexo II. Los/as aspirantes marcarán las contestaciones en la plantilla que
facilite el tribunal. Cada respuesta tendrá un valor de 0,24puntos y las erróneas o en blanco no
se valorarán
Para superar esta fase deberá obtenerse una nota mínima de 3 puntos.
CVE:
BOP-2025-1513
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 1 de abril de 2025
N.º 0063
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