Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-1479)
BOP-2025-1479 Convocatoria de pruebas selectivas mediante el sistema de concurso-oposicion por el turno libre para la constitución de una bolsa de trabajo temporal de Técnico/a de Administración General, adscrito al área de urbanismo.
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Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.
SECRETARÍA GENERAL.
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El Tribunal quedará integrado, además, por el personal suplente respectivo, que
simultáneamente con los/as titulares habrán de designarse.
El Tribunal de selección será designado por Resolución de Alcaldía en la que se concretarán
las personas integrantes del mismo.
En ningún caso pueden formar parte de los órganos de selección: El personal que desempeñe
cargos de elección o de designación política o los haya desempeñado en los últimos dos años, el
personal funcionario interino o laboral temporal, el personal eventual, el personal directivo
profesional y las personas que, en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria
correspondiente, hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas.
En el supuesto de Especialidades donde no haya suficientes empleados públicos del Ayuntamiento
de Cáceres, se podrá acudir a empleados públicos de otras Administraciones Públicas.
Todos/as los/as miembros del Tribunal deberán poseer titulación de igual nivel o superior a la
exigida para el acceso a las plazas convocadas y ser funcionarios de carrera o personal laboral fijo.
Asimismo, el Tribunal no podrá estar formado mayoritariamente por funcionarios o personal laboral
fijo pertenecientes al mismo Cuerpo o Escala objeto de la selección, salvo las peculiaridades del
personal docente, investigador o sanitario.
La pertenencia al Tribunal será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en
representación o por cuenta de nadie. Los órganos de selección deberán ajustarse a los principios de
imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y responderán al principio de presencia
equilibrada de mujeres y hombres, salvo por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas,
en cumplimiento del artículo 51.1.d) de la Ley 8/2011, de igualdad contra la violencia de género en
Extremadura, en el marco de los Planes de Igualdad entre mujeres y hombres de la Ayuntamiento
de Cáceres, así como, en el artículo 60.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y en el
artículo 97.2 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública de Extremadura.
Los/as miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo, cuando concurran las
circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del sector público. Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal, a los asesores
especialistas, al personal auxiliar y a los observadores cuando, a su juicio, concurra en ellos alguna
o varias de las circunstancias señaladas en la ley, siguiéndose para ello el procedimiento establecido
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
CVE:
BOP-2025-1479
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 31 de marzo de 2025
N.º 0062
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