Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valverde de la Vera. (BOP-2025-1455)
BOP-2025-1455 Rectificación Bases para la provisión de una Plaza de Técnico/a de Administración General, funcionario/a de carrera, mediante el sistema de oposición libre.
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Octava. Lista de aprobados y propuesta de nombramiento.
8.1. Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal formará relación comprensiva de los
aspirantes que hayan superado el proceso selectivo por orden de puntuación final obtenida, en
número no superior al de plazas convocadas, y las hará pública en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento y en la sede electrónica municipal.
De acuerdo con esta lista, se elevará a la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta de la Corporación,
además del acta de la última sesión, la propuesta de nombramiento, como funcionario/a de
carrera, a favor del aspirante aprobado.
8.2. En el acta de la última sesión se incluirá una relación de los aspirantes que, habiendo
superado los ejercicios de la oposición, no hayan sido incluidos en la lista de aprobados y
propuesta de nombramiento, a los efectos de que si por cualquier circunstancia el aspirante
aprobado no fuera nombrado funcionario, pudieran serlo, por orden de puntuación, los
aspirantes que hayan superado las pruebas.
8.2.1. Con independencia de lo establecido en el párrafo anterior, los aspirantes que hayan
superado el primer ejercicio de la convocatoria, pasarán a constituir una bolsa de trabajo con el
fin de atender a futuras necesidades de personal temporal o para su nombramiento como
funcionarios interinos, en la categoría de Técnico de Administración General, que pudieran
producirse en este Ayuntamiento.
Para poder formar parte de la bolsa de trabajo, los aspirantes que hayan superado el primer
ejercicio de las pruebas selectivas deberán presentar en la Secretaria municipal la
documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos expresados en la base 2, en los
términos previstos en el apartado 8.3 de estas bases, en el plazo de 10 días naturales
siguientes a la publicación en la sede electrónica del Ayuntamiento de Valverde de la Vera del
listado en el que se establece el orden de los aspirantes en la referida Bolsa. La no
presentación, dentro del expresado plazo, de la documentación acreditativa de los requisitos
señalados en la base 2, supondrá la exclusión del aspirante de la bolsa de trabajo.
8.3. En el plazo de veinte días naturales a contar desde la publicación de la relación de
aprobados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, los aspirantes propuestos por el Tribunal
presentarán, en la Secretaria municipal, los documentos acreditativos de los requisitos
expresados en la base 2.
CVE:
BOP-2025-1455
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 28 de marzo de 2025
N.º 0061
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