Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera. (BOP-2025-1410)
BOP-2025-1410 Bases para la provisión, por el sistema de concurso-oposición y por el turno de promoción interna de 1 plaza de Encargado/a de obras y servicios.
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3. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados
anteriormente, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria
mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.
5. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la
documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base segunda, no podrán ser contratados, quedando anuladas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad
en su solicitud de participación.
Décima Nombramiento como funcionario/a de carrera.
Terminado el plazo de presentación de documentos la Alcaldía-Presidencia procederá al
nombramiento de los/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición y que, habiendo
aportado éstos, reúnan los requisitos exigidos para acceder a las nuevas plazas En el supuesto
de que el aspirante inicialmente propuesto no reuniera los requisitos exigidos, renunciara a la
plaza o no pudiera llevarse a efecto la formalización del contrato por cualquier razón, la
Alcaldía declarará aprobado al siguiente aspirante de la lista de puntuaciones finales
confeccionada por el tribunal y procederá a requerirle la documentación antes señalada.
Undécima Toma de posesión.
Los/las aspirantes nombrados/as deberán tomar posesión de su cargo en el plazo de treinta
días hábiles, contados desde el siguiente al de la notificación del nombramiento definitivo.
Para la toma de posesión, el/la interesado/a comparecerá en la fecha y hora que se señale.
Quien, sin causa justificada no tomara posesión dentro del plazo señalado, quedará en la
situación de cesante, con pérdida de todos los derechos derivados de la convocatoria y del
subsiguiente nombramiento conferido.
Décimosegunda. Incompatibilidades.
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones
contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.
Decimotercera. Norma final.
Contra la presente orden de convocatoria, que agota la vía administrativa, las personas
interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Alcaldía
CVE:
BOP-2025-1410
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 27 de marzo de 2025
N.º 0060
Pág. 6780
anteriormente, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria
mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.
5. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la
documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base segunda, no podrán ser contratados, quedando anuladas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad
en su solicitud de participación.
Décima Nombramiento como funcionario/a de carrera.
Terminado el plazo de presentación de documentos la Alcaldía-Presidencia procederá al
nombramiento de los/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición y que, habiendo
aportado éstos, reúnan los requisitos exigidos para acceder a las nuevas plazas En el supuesto
de que el aspirante inicialmente propuesto no reuniera los requisitos exigidos, renunciara a la
plaza o no pudiera llevarse a efecto la formalización del contrato por cualquier razón, la
Alcaldía declarará aprobado al siguiente aspirante de la lista de puntuaciones finales
confeccionada por el tribunal y procederá a requerirle la documentación antes señalada.
Undécima Toma de posesión.
Los/las aspirantes nombrados/as deberán tomar posesión de su cargo en el plazo de treinta
días hábiles, contados desde el siguiente al de la notificación del nombramiento definitivo.
Para la toma de posesión, el/la interesado/a comparecerá en la fecha y hora que se señale.
Quien, sin causa justificada no tomara posesión dentro del plazo señalado, quedará en la
situación de cesante, con pérdida de todos los derechos derivados de la convocatoria y del
subsiguiente nombramiento conferido.
Décimosegunda. Incompatibilidades.
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones
contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.
Decimotercera. Norma final.
Contra la presente orden de convocatoria, que agota la vía administrativa, las personas
interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Alcaldía
CVE:
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Verificable
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Jueves, 27 de marzo de 2025
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