Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Belvís de Monroy. (BOP-2025-1404)
BOP-2025-1404 Aprobación definitiva Modificación Tasa Prestación del Servicio de Cementerio.
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AYUNTAMIENTO DE BELVIS DE MONROY
C.I.F. P-1002700-A
Teléfono 927575823-24 Fax 927575784
C/ Escuelas, s/n.
10.394 – BELVIS DE MONROY
Durante la tramitación de un expediente de traspaso, será discrecional la suspensión
de la operación de sepultura, ateniéndose a las circunstancias de cada caso,
suspensión que quedará sin efecto al expedirse el nuevo Título.
Pasada la suspensión decretada, se podrán autorizar las operaciones de carácter
urgente, mediante la constancia oportuna en el expediente.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA
Para todo aquello no previsto en la presente Ordenanza, se atenderá a lo establecido
en el Decreto 161/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Policía Sanitaria Mortuoria; la Ley 10/2001, de 28 de junio, de Salud de Extremadura:
La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad; la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local; el resto de Normativa que regula la
materia; así como a toda aquella que venga a sustituirla.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
La presente Ordenanza entrará en vigor una vez publicado su texto íntegro en el
Boletín Oficial de la Provincia y haya transcurrido el plazo de treinta días hábiles
previsto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Cáceres con sede en Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.”
Contra el presente acuerdo y conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los /las
interesados /as recurso contencioso -administrativo, en el plazo de dos meses
contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
Belvís de Monroy, a fecha de la firma electrónica
El Alcalde -Presidente
FDO. Fernando Sánchez Castilla.
Documento firmado electrónicamente al margen
Cód.
Validación:
AYP7AXQPPPYXXSG66GXC3ZDME
Verificación:
https://belvisdemonroy.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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Jueves, 27 de marzo de 2025
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