Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Portaje. (BOP-2025-1387)
BOP-2025-1387 Aprobación definitiva modificación Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la prestación del servicio de Centro Residencial de Mayores y Centro de Día.
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a.
b.
c.
Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Portaje
ANUNCIO. Aprobación definitiva modificación Ordenanza Fiscal reguladora de la
Tasa por la prestación del servicio de Centro Residencial de Mayores y Centro
de Día.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de
Portaje de fecha 29 de enero de 2025 sobre la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora
de la Tasa por la prestación del servicio de Centro Residencial de Mayores y Centro de Día del
Ayuntamiento de Portaje, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 49 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
DE CENTRO RESIDENCIAL DE MAYORES Y CENTRO DE DÍA
Se deroga el actual Artículo 4º.- Cuota tributaria, que quedará redactada de la forma que sigue:
“Artículo 4º.- Cuota tributaria.
A efectos de la aplicación de las tarifas que se contienen en la presente ordenanza, serán
considerados ingresos económicos de los/as usuarios/as o residentes y/o de la unidad familiar
que formen, los obtenidos por la suma de los siguientes conceptos:
Rendimientos netos derivados del trabajo, pensiones y prestaciones, incluidas las
pagas extraordinarias.
Rendimientos netos obtenidos del capital inmobiliario (rústico y urbano), en cuyo caso
se contabilizarán el 100% de estos ingresos.
Los ingresos o rentas netos obtenidos del capital mobiliario.
Cuando las tarifas se refieran a ingresos de los/as residentes o usuarios/as del servicio, se
entenderán siempre sobre los ingresos brutos, sin que sean tenidas en cuenta las retenciones
o descuentos que se practiquen.
1. La cuota tributaria de la Tasa por la prestación de los servicios de asistencia y estancia en el
CVE:
BOP-2025-1387
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 26 de marzo de 2025
N.º 0059
Pág. 6679
b.
c.
Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Portaje
ANUNCIO. Aprobación definitiva modificación Ordenanza Fiscal reguladora de la
Tasa por la prestación del servicio de Centro Residencial de Mayores y Centro
de Día.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de
Portaje de fecha 29 de enero de 2025 sobre la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora
de la Tasa por la prestación del servicio de Centro Residencial de Mayores y Centro de Día del
Ayuntamiento de Portaje, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 49 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
DE CENTRO RESIDENCIAL DE MAYORES Y CENTRO DE DÍA
Se deroga el actual Artículo 4º.- Cuota tributaria, que quedará redactada de la forma que sigue:
“Artículo 4º.- Cuota tributaria.
A efectos de la aplicación de las tarifas que se contienen en la presente ordenanza, serán
considerados ingresos económicos de los/as usuarios/as o residentes y/o de la unidad familiar
que formen, los obtenidos por la suma de los siguientes conceptos:
Rendimientos netos derivados del trabajo, pensiones y prestaciones, incluidas las
pagas extraordinarias.
Rendimientos netos obtenidos del capital inmobiliario (rústico y urbano), en cuyo caso
se contabilizarán el 100% de estos ingresos.
Los ingresos o rentas netos obtenidos del capital mobiliario.
Cuando las tarifas se refieran a ingresos de los/as residentes o usuarios/as del servicio, se
entenderán siempre sobre los ingresos brutos, sin que sean tenidas en cuenta las retenciones
o descuentos que se practiquen.
1. La cuota tributaria de la Tasa por la prestación de los servicios de asistencia y estancia en el
CVE:
BOP-2025-1387
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 26 de marzo de 2025
N.º 0059
Pág. 6679