Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Albalá. (BOP-2025-1331)
BOP-2025-1331 Pliego de Cláusulas Administrativas que regirá la adjudicación de 2 Licencias de Autotaxi.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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total, sea inferior a tres. Los/as miembros electos que, en su caso, formen parte de la Mesa de
contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la misma. Actuará
como Secretario/a un/a funcionario/a de la Corporación.
Su composición se publicará a través del perfil de contratante al publicar el anuncio de licitación
o bien se hará pública con carácter previo a su constitución a través de un Anuncio específico
en el citado perfil.
Séptima.- Confidencialidad y tratamiento de datos.
La persona adjudicataria (como encargada del tratamiento de datos), en cumplimiento de los
principios de integridad y confidencialidad, debe tratar los datos personales a los que tenga
acceso de forma que garantice una seguridad adecuada incluida la protección contra el
tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daño accidental, mediante
la aplicación de medidas técnicas u organizativas apropiadas de conformidad con lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos de Carácter Personal y en el
Reglamento 2016/679 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al
tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento general de
protección de datos).
Esta obligación es complementaria de los deberes de secreto profesional y subsistirá aunque
haya finalizado el contrato con el responsable del tratamiento de los datos (Ayuntamiento).
Octava.- Derechos y Obligaciones del/a Titular de la Licencia.
En el plazo de sesenta días naturales contados desde la fecha de la concesión de la licencia
municipal, su titular vendrá obligado/a a prestar el servicio de forma inmediata y con el vehículo
afecto al mismo.
Los derechos y obligaciones del/a titular de la licencia son los que nacen de este Pliego, que
tendrá carácter contractual, y de la licencia otorgada por el Municipio, así como los derivados
de la Legislación aplicable.
El/a adjudicatario/a de la licencia tendrá la obligación de explotarla personal o conjuntamente
mediante la contratación de conductor/a asalariado/a en posesión de carnet de conductor/a y
afiliación a la Seguridad Social, así como destinar el vehículo al uso para el cual ha sido
autorizado. La contratación de personal asalariado sin el cumplimiento de estos requisitos, así
como el destino del vehículo a otros usos incompatibles con el transporte de personas, será
causa de la revocación y retirada de la licencia.
CVE:
BOP-2025-1331
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 25 de marzo de 2025
N.º 0058
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contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la misma. Actuará
como Secretario/a un/a funcionario/a de la Corporación.
Su composición se publicará a través del perfil de contratante al publicar el anuncio de licitación
o bien se hará pública con carácter previo a su constitución a través de un Anuncio específico
en el citado perfil.
Séptima.- Confidencialidad y tratamiento de datos.
La persona adjudicataria (como encargada del tratamiento de datos), en cumplimiento de los
principios de integridad y confidencialidad, debe tratar los datos personales a los que tenga
acceso de forma que garantice una seguridad adecuada incluida la protección contra el
tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daño accidental, mediante
la aplicación de medidas técnicas u organizativas apropiadas de conformidad con lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos de Carácter Personal y en el
Reglamento 2016/679 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al
tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento general de
protección de datos).
Esta obligación es complementaria de los deberes de secreto profesional y subsistirá aunque
haya finalizado el contrato con el responsable del tratamiento de los datos (Ayuntamiento).
Octava.- Derechos y Obligaciones del/a Titular de la Licencia.
En el plazo de sesenta días naturales contados desde la fecha de la concesión de la licencia
municipal, su titular vendrá obligado/a a prestar el servicio de forma inmediata y con el vehículo
afecto al mismo.
Los derechos y obligaciones del/a titular de la licencia son los que nacen de este Pliego, que
tendrá carácter contractual, y de la licencia otorgada por el Municipio, así como los derivados
de la Legislación aplicable.
El/a adjudicatario/a de la licencia tendrá la obligación de explotarla personal o conjuntamente
mediante la contratación de conductor/a asalariado/a en posesión de carnet de conductor/a y
afiliación a la Seguridad Social, así como destinar el vehículo al uso para el cual ha sido
autorizado. La contratación de personal asalariado sin el cumplimiento de estos requisitos, así
como el destino del vehículo a otros usos incompatibles con el transporte de personas, será
causa de la revocación y retirada de la licencia.
CVE:
BOP-2025-1331
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Martes, 25 de marzo de 2025
N.º 0058
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