Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2025-1322)
BOP-2025-1322 Aprobacion definitiva expediente de Constitucion de la Entidad de Conservacion de la urbanizacion Expacio Navalmoral
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Estatutos Entidad Urbanística de Conservación Parque Desarrollo Industrial Norte de Extremadura
“Expacionavalmoral”
Sin perjuicio de lo expuesto en el párrafo anterior, el Ayuntamiento de Navalmoral
de la Mata podrá, en cualquier momento, cambiar y/o adaptar la red de alumbrado
público, o acometer otras actuaciones en instalaciones y/o edificios destinados al
ciclo integral del agua (Depuradora, estaciones de bombeo, depósitos de cloración,
etc.), con el objeto de obtener una mayor eficiencia energética.
3.- El Ayuntamiento asume el vertido de las aguas residuales en el emisario de la red
municipal, teniendo en cuenta el siguiente condicionante:
En Resolución de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento de fecha
29/04/2013, se AUTORIZA al Parque de Desarrollo Industrial Norte de
Extremadura, SAU, a verter un caudal máximo a la red municipal de 1.000 m3/día
con un caudal máximo punta de 150 m3/h. con los parámetros máximos prescritos
por el Reglamento Del Servicio Municipal de Abastecimiento de Agua Potable,
Saneamiento, Vertido y Depuración de Aguas Residuales del Municipio de
Navalmoral de la Mata, teniendo el vertido un carácter provisional mientras los
caudales provenientes de la red urbana unitaria municipal y de la red del parque
industrial Norte de Extremadura no sobrepasen el caudal medio de 8.000 m3/día
para el cual está diseñado la EDAR actual.
4.- El Ayuntamiento asume el cuidado, mantenimiento y conservación de la
infraestructura existente de agua potable desde el actual contador de agua potable
(identificado con el nº TD575652D) hasta la linde con el área empresarial
Expacionavalmoral.
5.- El Ayuntamiento asume el mantenimiento y conservación de la estación de
recloración y así como de las instalaciones auxiliares y anexas a la misma que sean
necesarias para su funcionamiento, según condiciones del punto 7.
El Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata será el titular de los boletines de los
cuadros eléctricos de la citada estación y de sus instalaciones auxiliares y anexas,
siendo por cuenta del propio Ayuntamiento la contratación del servicio del
suministro de energía eléctrica correspondiente con la compañía suministradora.
6.- El Ayuntamiento se hace cargo, a través de la actual concesionaria o cualquier
otra que pudiera sucederle, de las lecturas y cobros de los consumos de agua potable
de los contadores actuales, así como de los gastos asociados a dichos consumos.
(tasas, canon, etc).
7.- El Ayuntamiento NO asumirá el mantenimiento y conservación de las redes de
abastecimiento y saneamiento, de la estación de bombeo de aguas residuales
(EBAR), así como de la futura estación de depuración de aguas residuales (EDAR)
durante el periodo de tiempo que reste del vigente contrato de concesión de la
gestión del ciclo integral del agua.
Cód.
Validación:
4GP44NA4N5WS5HNCE5HGLDZP2
Verificación:
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2025-1322
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 24 de marzo de 2025
N.º 0057
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Estatutos Entidad Urbanística de Conservación Parque Desarrollo Industrial Norte de Extremadura
“Expacionavalmoral”
Sin perjuicio de lo expuesto en el párrafo anterior, el Ayuntamiento de Navalmoral
de la Mata podrá, en cualquier momento, cambiar y/o adaptar la red de alumbrado
público, o acometer otras actuaciones en instalaciones y/o edificios destinados al
ciclo integral del agua (Depuradora, estaciones de bombeo, depósitos de cloración,
etc.), con el objeto de obtener una mayor eficiencia energética.
3.- El Ayuntamiento asume el vertido de las aguas residuales en el emisario de la red
municipal, teniendo en cuenta el siguiente condicionante:
En Resolución de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento de fecha
29/04/2013, se AUTORIZA al Parque de Desarrollo Industrial Norte de
Extremadura, SAU, a verter un caudal máximo a la red municipal de 1.000 m3/día
con un caudal máximo punta de 150 m3/h. con los parámetros máximos prescritos
por el Reglamento Del Servicio Municipal de Abastecimiento de Agua Potable,
Saneamiento, Vertido y Depuración de Aguas Residuales del Municipio de
Navalmoral de la Mata, teniendo el vertido un carácter provisional mientras los
caudales provenientes de la red urbana unitaria municipal y de la red del parque
industrial Norte de Extremadura no sobrepasen el caudal medio de 8.000 m3/día
para el cual está diseñado la EDAR actual.
4.- El Ayuntamiento asume el cuidado, mantenimiento y conservación de la
infraestructura existente de agua potable desde el actual contador de agua potable
(identificado con el nº TD575652D) hasta la linde con el área empresarial
Expacionavalmoral.
5.- El Ayuntamiento asume el mantenimiento y conservación de la estación de
recloración y así como de las instalaciones auxiliares y anexas a la misma que sean
necesarias para su funcionamiento, según condiciones del punto 7.
El Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata será el titular de los boletines de los
cuadros eléctricos de la citada estación y de sus instalaciones auxiliares y anexas,
siendo por cuenta del propio Ayuntamiento la contratación del servicio del
suministro de energía eléctrica correspondiente con la compañía suministradora.
6.- El Ayuntamiento se hace cargo, a través de la actual concesionaria o cualquier
otra que pudiera sucederle, de las lecturas y cobros de los consumos de agua potable
de los contadores actuales, así como de los gastos asociados a dichos consumos.
(tasas, canon, etc).
7.- El Ayuntamiento NO asumirá el mantenimiento y conservación de las redes de
abastecimiento y saneamiento, de la estación de bombeo de aguas residuales
(EBAR), así como de la futura estación de depuración de aguas residuales (EDAR)
durante el periodo de tiempo que reste del vigente contrato de concesión de la
gestión del ciclo integral del agua.
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Validación:
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Verificación:
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Lunes, 24 de marzo de 2025
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Pág. 6419