Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2025-1321)
BOP-2025-1321 Convocatoria de una plaza Dinamizador/a Turístico/a en Centros de Interpretación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NOVENA. RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA Y CONTRATACIÓN.
1.º Relación de aprobados. Concluida la calificación el Tribunal publicará un anuncio con el
seleccionado/a por orden de puntuación, no pudiendo rebasar el de puestos convocados que
es de uno y elevará esta relación a la alcaldesa formulando la propuesta de contratación por
duración determinada.
2.º Presentación de documentos. El candidato propuesto/a para su contratación estará obligado
a presentar, dentro del plazo de 20 días hábiles contados a partir del siguiente al de la
publicación de la relación de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones
establecidas en las bases.
Quién no presentase la documentación o no reuniera los requisitos exigidos, salvo causas de
fuerza mayor, no se contratará y quedarán anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar
parte en la convocatoria. En este caso la alcaldesa-Presidente formalizará el contrato a favor
del/la aspirante que, habiendo superado la totalidad de los ejercicios de la oposición, tuviera
cabida en el número de plazas convocadas, a consecuencia de la referida anulación.
3.º Contratación. Presentada la documentación y siendo esta conforme, se formalizará el
contrato de trabajo. Quien sin causa justificada, no se incorporase a su puesto de trabajo, en el
plazo marcado en el contrato, quedarán en situación de cesante, con pérdida de todos los
derechos derivados de la convocatoria y del subsiguiente nombramiento.
En el indicado plazo, si procede, el nombrado deberá ejercitar la opción prevista en el artículo
10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las
Administraciones Públicas. A falta de opción en el plazo señalado, se entenderá que opta por el
nuevo puesto, pasando a la situación de servicios en otras administraciones públicas, en el que
viniera desempeñando.
Igualmente, el seleccionado estará sujeto a las restantes disposiciones de la Ley 53/1984, de
26 de diciembre.
DÉCIMA. CONSTITUCIÓN DE LISTA DE ESPERA.
Concluido el proceso selectivo, con los aspirantes declarados aptos/as y que no hayan tenido
cabida en el número de puestos a contratar, se formulará una lista de espera o bolsa de
trabajo.
CVE:
BOP-2025-1321
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 24 de marzo de 2025
N.º 0057
Pág. 6401
1.º Relación de aprobados. Concluida la calificación el Tribunal publicará un anuncio con el
seleccionado/a por orden de puntuación, no pudiendo rebasar el de puestos convocados que
es de uno y elevará esta relación a la alcaldesa formulando la propuesta de contratación por
duración determinada.
2.º Presentación de documentos. El candidato propuesto/a para su contratación estará obligado
a presentar, dentro del plazo de 20 días hábiles contados a partir del siguiente al de la
publicación de la relación de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones
establecidas en las bases.
Quién no presentase la documentación o no reuniera los requisitos exigidos, salvo causas de
fuerza mayor, no se contratará y quedarán anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar
parte en la convocatoria. En este caso la alcaldesa-Presidente formalizará el contrato a favor
del/la aspirante que, habiendo superado la totalidad de los ejercicios de la oposición, tuviera
cabida en el número de plazas convocadas, a consecuencia de la referida anulación.
3.º Contratación. Presentada la documentación y siendo esta conforme, se formalizará el
contrato de trabajo. Quien sin causa justificada, no se incorporase a su puesto de trabajo, en el
plazo marcado en el contrato, quedarán en situación de cesante, con pérdida de todos los
derechos derivados de la convocatoria y del subsiguiente nombramiento.
En el indicado plazo, si procede, el nombrado deberá ejercitar la opción prevista en el artículo
10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las
Administraciones Públicas. A falta de opción en el plazo señalado, se entenderá que opta por el
nuevo puesto, pasando a la situación de servicios en otras administraciones públicas, en el que
viniera desempeñando.
Igualmente, el seleccionado estará sujeto a las restantes disposiciones de la Ley 53/1984, de
26 de diciembre.
DÉCIMA. CONSTITUCIÓN DE LISTA DE ESPERA.
Concluido el proceso selectivo, con los aspirantes declarados aptos/as y que no hayan tenido
cabida en el número de puestos a contratar, se formulará una lista de espera o bolsa de
trabajo.
CVE:
BOP-2025-1321
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 24 de marzo de 2025
N.º 0057
Pág. 6401