Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-1245)
BOP-2025-1245 Plan Estratégico de Subvenciones de la Concejalía de Deporte, ejercicio de 2025.
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CONCEJALÍA DE DEPORTE
3.2.- Establecer y normalizar, los programas de ayudas y subvenciones de la Concejalía
de Deporte del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, y un conjunto de principios y bases
de ejecución comunes a los mismos.
3.3.- Mejorar y racionalizar la gestión municipal de las subvenciones.
3.4.- Regular, con carácter general, del régimen a que ha de ajustarse la concesión y
justificación de las subvenciones a tramitar por Concejalía de Deporte del Excmo.
Ayuntamiento de Cáceres.
Los objetivos particulares de cada línea de ayuda o subvención para 2025 se recogen
en el documento anexo, denominado “Anexo al Plan Estratégico de Subvenciones de la
Concejalía de Deporte del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, anualidad 2025”.
ARTÍCULO 4. PRINCIPIOS GENERALES
Son principios generales de este plan los siguientes:
4.1.- Principio de publicidad y transparencia: Este principio se materializa en la
convocatoria previa en la que se garantice la objetividad, transparencia, publicidad,
concurrencia e igualdad en la distribución de fondos públicos, ello sin perjuicio de la
posible concesión directa, de conformidad con lo establecido al respecto en la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en las Bases de Ejecución del
presupuesto del Ayuntamiento de Cáceres y demás normativa de aplicación.
Este principio también se materializa en la publicidad de las subvenciones concedidas,
en los términos previstos en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
4.2.- Principio de libre concurrencia, igualdad y no discriminación: Este principio se
materializa en la determinación de los requisitos que deben cumplir los beneficiarios, al
objeto de la plena satisfacción del interés general.
4.3.- Principio de objetividad: La concesión de subvenciones se realizará conforme a
criterios objetivos, previamente establecidos en la convocatoria a fin de garantizar el
conocimiento previo de los mismos por los potenciales beneficiarios.
4.4.- Principios de eficacia y eficiencia: Eficacia en el cumplimiento de los objetivos
marcados y eficiencia en la asignación de recursos públicos, debiéndose justificar
cuantitativa y cualitativamente.
4.5.- Principio de estabilidad y de regla de gasto: La concesión de subvenciones se
ajustará al principio de estabilidad y a la regla de gasto, en los términos previstos en la
Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad
Financiera.
CVE:
BOP-2025-1245
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 19 de marzo de 2025
N.º 0054
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