Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-1245)
BOP-2025-1245 Plan Estratégico de Subvenciones de la Concejalía de Deporte, ejercicio de 2025.
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CONCEJALÍA DE DEPORTE
Se configura así el plan estratégico como el complemento necesario para articular la
concesión de subvenciones, con respeto a los principios de transparencia y equilibrio
presupuestario.
El Plan Estratégico de Subvenciones de la Concejalía de Deporte del Excmo.
Ayuntamiento de Cáceres se estructura sobre lo siguiente:
CAPÍTULO I. NATURALEZA JURÍDICA, VIGENCIA, OBJETIVOS, PRINCIPIOS
GENERALES Y LÍNEAS ESTRATÉGICAS DE ACTUACIÓN
ARTÍCULO 1. NATURALEZA JURÍDICA
El Plan Estratégico de Subvenciones es un instrumento de gestión de
carácter programático, que carece de rango normativo y cuya aprobación no genera
derechos ni obligaciones para la Concejalía de Deporte del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.
Su efectividad queda condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de
subvención, atendiendo entre otros condicionantes las disponibilidades presupuestarias de
cada ejercicio.
Por tanto, el establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este plan tiene
su soporte en la consignación económica correspondiente en el presupuesto del
Ayuntamiento de Cáceres para este ejercicio 2025 y la aprobación de las bases reguladoras
de su concesión, convenio o documento que proceda.
ARTÍCULO 2. VIGENCIA
La vigencia del presente Plan Estratégico de Subvenciones se establece para el
ejercicio económico 2025.
En el supuesto de que concluido el ejercicio económico no se hubiese aprobado
aún un nuevo Plan Estratégico de Subvenciones, el presente se entenderá prorrogado en
aquellas líneas de actuación que se vayan a seguir realizando, siempre que, para ello se
cuente con consignación presupuestaria adecuada y suficiente.
ARTÍCULO 3. OBJETIVOS GENERALES
Son objetivos generales del presente Plan Estratégico de la Concejalía de Deporte del
Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, los siguientes:
3.1.- Dar cumplimiento al mandato legal recogido en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, que obliga a las Administraciones públicas que propongan el
establecimiento de subvenciones, a que, con carácter previo, elaboren un Plan Estratégico
de Subvenciones.
CVE:
BOP-2025-1245
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 19 de marzo de 2025
N.º 0054
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