Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrejoncillo. (BOP-2025-1230)
BOP-2025-1230 Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno del Programa de formación y empleo ESCALA “El Torreón IV.”
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO DE TORREJONCILLO
h) Deberá avisarse inmediatamente al monitor/a de aquellas situaciones o
circunstancias que puedan producir accidentes.
i) El orden de u*lización de cada máquina o equipo se establecerá por el personal
docente correspondiente.
j) Las máquinas deberán estar encendidas únicamente durante su uso, y bajo la
vigilancia del personal docente, quedando estrictamente prohibido dejar
encendidas las máquinas cuando el usuario no se encuentre en su puesto de
trabajo. Es responsabilidad del personal docente comprobar que las máquinas
que no estén en uso se encuentren apagadas.
k) No está permi*do el préstamo de herramientas, máquinas o equipos al
alumnado de estos programa, para su uso privado.
l) En caso de accidente o percance de cualquier *po, se deberá acudir
inmediatamente a un centro médico (mutua de accidentes), dando aviso al
personal docente y direc*vo del programa.
m) Cualquier accidente o percance derivado de la inobservancia de las medidas
básicas de seguridad del taller, será responsabilidad exclusiva del usuario/a.
n) Si ocurre un accidente en el trabajo, hay que avisar inmediatamente al
monitor/a, al objeto de confirmar la existencia de un accidente laboral, que
determinará los trámites a realizar para recibir la atención médica adecuada.
Después hay que avisar a la dirección del programa, puesto que para cada
accidente hay que rellenar un impreso de inves*gación. Además, si no se puede
determinar la existencia de dicho accidente, el alumnado trabajador se podrá
quedar sin asistencia médica o tendrá que abonar él mismo los gastos.
31
CVE:
BOP-2025-1230
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 18 de marzo de 2025
N.º 0053
Pág. 6076
h) Deberá avisarse inmediatamente al monitor/a de aquellas situaciones o
circunstancias que puedan producir accidentes.
i) El orden de u*lización de cada máquina o equipo se establecerá por el personal
docente correspondiente.
j) Las máquinas deberán estar encendidas únicamente durante su uso, y bajo la
vigilancia del personal docente, quedando estrictamente prohibido dejar
encendidas las máquinas cuando el usuario no se encuentre en su puesto de
trabajo. Es responsabilidad del personal docente comprobar que las máquinas
que no estén en uso se encuentren apagadas.
k) No está permi*do el préstamo de herramientas, máquinas o equipos al
alumnado de estos programa, para su uso privado.
l) En caso de accidente o percance de cualquier *po, se deberá acudir
inmediatamente a un centro médico (mutua de accidentes), dando aviso al
personal docente y direc*vo del programa.
m) Cualquier accidente o percance derivado de la inobservancia de las medidas
básicas de seguridad del taller, será responsabilidad exclusiva del usuario/a.
n) Si ocurre un accidente en el trabajo, hay que avisar inmediatamente al
monitor/a, al objeto de confirmar la existencia de un accidente laboral, que
determinará los trámites a realizar para recibir la atención médica adecuada.
Después hay que avisar a la dirección del programa, puesto que para cada
accidente hay que rellenar un impreso de inves*gación. Además, si no se puede
determinar la existencia de dicho accidente, el alumnado trabajador se podrá
quedar sin asistencia médica o tendrá que abonar él mismo los gastos.
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