Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrejoncillo. (BOP-2025-1230)
BOP-2025-1230 Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno del Programa de formación y empleo ESCALA “El Torreón IV.”
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AYUNTAMIENTO DE TORREJONCILLO
Faltas de asistencia.
Según el arNculo 18.4 del Decreto 55/2024, de 18 de junio, las personas par*cipantes
tendrán la obligación de asis*r y seguir con aprovechamiento las enseñanzas teórico-
prác*cas que se impartan.
En aquellos proyectos conducentes a la obtención de un cer*ficado profesional, la
persona par*cipante deberá asis*r al menos al 75% de las horas de cada uno de los
módulos para poder acceder a la prueba de evaluación del mismo. En caso de
contenidos con programas forma*vos dis*ntos, se computará el 75% de asistencia
sobre el total de horas del mismo para la realización de la prueba final.
Para el cálculo del 75% de asistencia se descontarán todas las faltas de asistencia, sean
o no jus*ficadas.
Faltas de asistencia jus*ficadas
Se podrán entender como FALTAS de asistencia JUSTIFICADAS los siguientes mo*vos:
1. Enfermedad, visita o atención médico sanitaria.
2. Nacimiento o enfermedad grave de un hijo.
3. Enfermedad grave o fallecimiento de parientes hasta el 2ª grado de consanguinidad
o afinidad.
4. Cumplimiento de deber inexcusable de carácter público o personal.
5. Traslado del domicilio habitual.
6. Concurrencia a exámenes para obtención del Ntulo académico o profesional.
10
CVE:
BOP-2025-1230
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 18 de marzo de 2025
N.º 0053
Pág. 6055
Faltas de asistencia.
Según el arNculo 18.4 del Decreto 55/2024, de 18 de junio, las personas par*cipantes
tendrán la obligación de asis*r y seguir con aprovechamiento las enseñanzas teórico-
prác*cas que se impartan.
En aquellos proyectos conducentes a la obtención de un cer*ficado profesional, la
persona par*cipante deberá asis*r al menos al 75% de las horas de cada uno de los
módulos para poder acceder a la prueba de evaluación del mismo. En caso de
contenidos con programas forma*vos dis*ntos, se computará el 75% de asistencia
sobre el total de horas del mismo para la realización de la prueba final.
Para el cálculo del 75% de asistencia se descontarán todas las faltas de asistencia, sean
o no jus*ficadas.
Faltas de asistencia jus*ficadas
Se podrán entender como FALTAS de asistencia JUSTIFICADAS los siguientes mo*vos:
1. Enfermedad, visita o atención médico sanitaria.
2. Nacimiento o enfermedad grave de un hijo.
3. Enfermedad grave o fallecimiento de parientes hasta el 2ª grado de consanguinidad
o afinidad.
4. Cumplimiento de deber inexcusable de carácter público o personal.
5. Traslado del domicilio habitual.
6. Concurrencia a exámenes para obtención del Ntulo académico o profesional.
10
CVE:
BOP-2025-1230
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 18 de marzo de 2025
N.º 0053
Pág. 6055