Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Serrejón. (BOP-2025-1226)
BOP-2025-1226 Bases y convocatoria para la provisión de una plaza de Auxiliar Administrativo/a de administración general, mediante concurso-oposición por turno libre.
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AYUNTAMIENTO DE SERREJÓN (CÁCERES)
C.I.F. P-1017900-J – Plaza Hernán Cortés, 1. 10.528 – Tlf.: 927 54 76 52 – ayuntamiento@serrejon.es
9.2. Una vez publicada la Resolución de nombramiento del personal laboral, el órgano
competente publicará en el plazo máximo de un mes la relación de aspirantes que deban
integrar la correspondiente Bolsas de Trabajo.
9.3. La Bolsa de Trabajo será publicada en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Serrejón
con detalle de la puntuación obtenida por cada aspirante, ordenada de mayor a menor.
DÉCIMA. Protección de datos.
Por el solo hecho de su participación en el presente proceso selectivo, los aspirantes prestan
su consentimiento para que los datos de carácter personal facilitados por ellos sean
incorporados en los ficheros del Ayuntamiento de Serrejón.
El Ayuntamiento de Serrejón, como responsable, garantiza el pleno cumplimiento de la
normativa de protección de datos de carácter personal, y así, de acuerdo con la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales, los aspirantes en el presente procedimiento de selección quedan informados y
prestan su consentimiento para el tratamiento de los datos de carácter personal facilitados.
El opositor podrá ejercitar respecto a sus datos de carácter personal los derechos de acceso,
rectificación, cancelación y oposición previstos en la Ley Orgánica citada, mediante escrito
dirigido al Ayuntamiento de Serrejón, Plaza Hernán Cortés, núm. 1. Serrejón. 10528.
Asimismo, a efectos de gestión del proceso de selección para el que los aspirantes han
autorizado la utilización de sus datos, estos podrán ser comunicados a terceros, con la única
finalidad del desarrollo del proceso selectivo correspondiente.
UNDÉCIMA. Incidencias.
11.1. La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la
misma y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los/as interesados/as en
los casos y en la forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
11.2. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse, y adoptar
resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso-oposición en
aquellos aspectos no previstos en estas bases.
Para lo no previsto en la presente convocatoria será de aplicación el Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura, la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; el
Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de Abril, por el que se aprueba el texto refundido
de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto
896/1991, de 7 de Junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos
a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración
Local; el Decreto 201/1995, de 26 de Diciembre por el que se aprueba el Reglamento General
de ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de
CVE:
BOP-2025-1226
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 18 de marzo de 2025
N.º 0053
Pág. 6032
C.I.F. P-1017900-J – Plaza Hernán Cortés, 1. 10.528 – Tlf.: 927 54 76 52 – ayuntamiento@serrejon.es
9.2. Una vez publicada la Resolución de nombramiento del personal laboral, el órgano
competente publicará en el plazo máximo de un mes la relación de aspirantes que deban
integrar la correspondiente Bolsas de Trabajo.
9.3. La Bolsa de Trabajo será publicada en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Serrejón
con detalle de la puntuación obtenida por cada aspirante, ordenada de mayor a menor.
DÉCIMA. Protección de datos.
Por el solo hecho de su participación en el presente proceso selectivo, los aspirantes prestan
su consentimiento para que los datos de carácter personal facilitados por ellos sean
incorporados en los ficheros del Ayuntamiento de Serrejón.
El Ayuntamiento de Serrejón, como responsable, garantiza el pleno cumplimiento de la
normativa de protección de datos de carácter personal, y así, de acuerdo con la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales, los aspirantes en el presente procedimiento de selección quedan informados y
prestan su consentimiento para el tratamiento de los datos de carácter personal facilitados.
El opositor podrá ejercitar respecto a sus datos de carácter personal los derechos de acceso,
rectificación, cancelación y oposición previstos en la Ley Orgánica citada, mediante escrito
dirigido al Ayuntamiento de Serrejón, Plaza Hernán Cortés, núm. 1. Serrejón. 10528.
Asimismo, a efectos de gestión del proceso de selección para el que los aspirantes han
autorizado la utilización de sus datos, estos podrán ser comunicados a terceros, con la única
finalidad del desarrollo del proceso selectivo correspondiente.
UNDÉCIMA. Incidencias.
11.1. La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la
misma y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los/as interesados/as en
los casos y en la forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
11.2. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse, y adoptar
resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso-oposición en
aquellos aspectos no previstos en estas bases.
Para lo no previsto en la presente convocatoria será de aplicación el Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura, la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; el
Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de Abril, por el que se aprueba el texto refundido
de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto
896/1991, de 7 de Junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos
a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración
Local; el Decreto 201/1995, de 26 de Diciembre por el que se aprueba el Reglamento General
de ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de
CVE:
BOP-2025-1226
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 18 de marzo de 2025
N.º 0053
Pág. 6032