Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-1190)
BOP-2025-1190 Subvenciones para Festivales y Efemérides 25.
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No se requerirá a las entidades beneficiarias la aceptación fehaciente de las ayudas, que se
entenderá en todo caso positiva si no mediara renuncia expresa.
BASE TERCERA. RÉGIMEN DE PAGO Y GARANTÍAS. CONCURRENCIA CON OTRAS
SUBVENCIONES. SUBCONTRATACIÓN.
RÉGIMEN DE PAGO.
Las ayudas concedidas a través de la presente Convocatoria tendrán carácter prepagable, esto
es, la Diputación procederá al pago de las mismas, una vez se produzca la concesión definitiva
de las ayudas y, con anterioridad a la presentación de la correspondiente justificación, de
conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ordenanza General de Subvenciones y
en el artículo 34.4 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y en todo caso siempre que la
entidad beneficiaria no tenga cantidades pendientes de reintegrar relativas a expedientes de
subvenciones de la Diputación Provincial de Cáceres.
GARANTÍAS.
No será necesaria la constitución de garantía alguna, por la naturaleza del perceptor de la
subvención (Administración Pública), según lo establecido en el artículo 13 de la Ordenanza
General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Cáceres, y estando las
Administraciones Públicas exentas de prestar garantía, en virtud de lo dispuesto en el artículo
42.2 a) del Reglamento General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21
de julio.
CONCURRENCIA CON OTRAS SUBVENCIONES.
La subvención será compatible con otras ayudas que tengan la misma finalidad, teniendo en
cuenta que su importe en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en
concurrencia con aquellas ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad
subvencionada, de acuerdo con lo previsto en el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
SUBCONTRATACIÓN.
Las entidades beneficiarias, dada la especialidad del objeto de este tipo de subvenciones,
podrán recurrir a la subcontratación total o parcial del festival o efeméride correspondiente. Se
permite la subcontratación hasta el 100% del proyecto.
CVE:
BOP-2025-1190
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 17 de marzo de 2025
N.º 0052
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