Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talayuela. (BOP-2025-1184)
BOP-2025-1184 Aprobación definitiva ordenanza reguladora de la gestión de residuos de derribo y de la construcción
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actividad de este tipo, se deberá previamente vaciar el edificio de objetos y materiales no aptos
para su tratamiento por parte del gestor autorizado de RCDs (muebles, sofás,
electrodomésticos, camas, cristales, ropas y telas, papeles, plásticos).
ARTÍCULO 18. Entrega de los residuos de construcción y demolición
En función del volumen generado, los productores de escombros podrán desprenderse de
estos del siguiente modo:
–Para pesos o volúmenes inferiores a: 200 Kg. o 1 m3 de pequeñas reparaciones domiciliarias,
podrán utilizarse bolsas o contenedores.
–Para pesos o volúmenes superiores en contenedores.
Se deberá contratar a una empresa debidamente autorizada para la utilización de camiones y
contenedores de obra para su uso exclusivo.
Queda terminantemente prohibido depositar escombros, procedentes de cualquier tipo de obra,
en los contenedores normalizados para residuos sólidos urbanos domiciliarios (basura).
ARTÍCULO 19. Normas de Utilización, Obligaciones y Responsabilidades
Los contenedores o bolsas deberán ser retirados por sus titulares de la vía pública:
a) Al finalizar las obras o expirar la licencia de obras que motivó su utilización.
b) Cuando existan razones de interés público, previo requerimiento de la Autoridad Municipal.
c) En cuanto estén llenos, para proceder a su vaciado.
La instalación y retirada de contenedores e instalaciones para la recogida de residuos de
derribo y de la construcción se realizará sin causar molestias.
Al retirar el contenedor o bolsas, el titular de la licencia deberá dejar en perfectas condiciones
de conservación y limpieza la superficie de la vía publica ocupada, en caso de incumplimiento,
los servicios municipales podrán proceder a su limpieza o reparación, siendo imputados a los
responsables los gastos que de ello se deriven, sin perjuicio de la sanción que pudiera
corresponder.
El titular de la licencia de obras será responsable de los daños causados al pavimento de la vía
pública y demás elementos estructurales y de ornato de la ciudad, daños a terceros y, en
general, estará obligado a retirar los residuos vertidos en lugares no autorizados.
CVE:
BOP-2025-1184
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 14 de marzo de 2025
N.º 0051
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