Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2025-1178)
BOP-2025-1178 Bases para Nombramiento de funcionario interino/a de Un/a Administrativo proyecto agua digital (PERTE)
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5.3.- Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a las
personas aspirantes que hayan quedado definitivamente excluidas de las pruebas
selectivas. A tales efectos, el reintegro se realizará previa solicitud de la persona
interesada. No se procederá a la devolución de tasas en los supuestos de exclusión de
participación en las pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada.
SEXTA. Admisión de aspirantes.
6.1.- Terminado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde-
Presidente de la Corporación dictará resolución declarando aprobadas las listas
provisionales de admitidos/as, así como la de excluidos/as y las causas que han
motivado la exclusión. Dicha resolución se publicará en la página web municipal
(www.aytonavalmoral.es) y en el tablón de anuncios de la sede electrónica dirección:
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/info.0.
La identificación de los interesados se realizará cumpliendo con las
recomendaciones previstas en la Orientación para la aplicación provisional de la
Disposición Adicional Séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales
(LOPDGDD) de la AEPD, hasta el momento en el que los órganos competentes
aprueben disposiciones para la aplicación de la mencionada Disposición Adicional
séptima.
6.2.- Las personas aspirantes excluidas, así como las omitidas en las relaciones
de admitidos/as y excluidos/as, dispondrán de un plazo de cinco días hábiles contados a
partir del siguiente a la publicación de la resolución en el tablón de anuncios, en la
página web municipal (www.aytonavalmoral.es) y en el tablón de anuncios de la sede
electrónica, dirección: https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/info.0, para subsanar los
defectos que hayan motivado su exclusión o su omisión de las relaciones de
admitidos/as y excluidos/as.
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión
o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidas en la relación de
admitidos/as, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
Asimismo, las personas aspirantes que hayan detectado errores en la
consignación de sus datos personales podrán manifestarlo en el mismo plazo.
Será insubsanable la presentación de la solicitud fuera del plazo establecido.
6.3.- Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará Resolución
elevando a definitiva la lista provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, con
la inclusión correspondiente como admitidos/as de aquellos/as que fueron excluidos/as
y que hayan subsanado errores u omisiones, en el tablón de anuncios y página web
municipal (www.aytonavalmoral.es), y en el tablón de anuncios de la sede electrónica,
dirección: https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/info.0
6.4.- Contra las resoluciones a que se refiere la presente base, así como contra
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Cód.
Validación:
4CFXNNHRCRTFGKKFH3SWT4WG6
Verificación:
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/
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firmado
electrónicamente
desde
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Viernes, 14 de marzo de 2025
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