Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calzadilla. (BOP-2025-1143)
BOP-2025-1143 Convocatoria licitación concesión administrativa.
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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CALZADILLA
Plaza de Extremadura Nº 1 Telfs.: 927 146301 / 927 146313 Fax: 927 146390
C.P: 10817 CALZADILLA (Cáceres)
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en los Pliegos que rigen la licitación y
ejecución del mismo, y de acuerdo con las instrucciones que se den a la persona o entidad
contratista para su interpretación por el órgano de contratación.
VIGESIMOPRIMERA.- Penalidades por incumplimiento.-
Los incumplimientos que cometa la persona o entidad contratista en la ejecución del objeto de
la concesión se clasificarán en infracciones leves y graves.
1.- Serán consideradas infracciones leves:
a. El retraso en la ejecución de las órdenes dadas por el responsable del contrato y/u
órgano de contratación, para el cumplimiento del contrato.
b. La falta de decoro e higiene en la prestación del servicio a los usuarios, tanto por la
persona o entidad contratista como por el personal a su cargo.
c. La venta de productos no autorizados.
d. El deterioro y suciedad de los espacios objeto del contrato.
e. El trato incorrecto al público.
2.- Serán consideradas infracciones graves:
a. El incumplimiento de las obligaciones inherentes del objeto del contrato, previo
requerimiento del Excmo. Ayuntamiento de Calzadilla.
b. El incumplimiento de los requisitos necesarios en materia sanitaria para la explotación
de la actividad económica objeto del presente contrato.
c. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones esenciales recogidas en este
Pliego.
d. La no realización de alguna de las prestaciones contratadas u ofertadas.
e. La subcontratación sin autorización municipal.
f. La comisión de más de tres faltas leves en un año.
3.- Las infracciones indicadas se sancionarán de la forma que se indica:
a. Por infracciones leves, amonestación y sanción de hasta 240 €.
CVE:
BOP-2025-1143
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 13 de marzo de 2025
N.º 0050
Pág. 5659
Plaza de Extremadura Nº 1 Telfs.: 927 146301 / 927 146313 Fax: 927 146390
C.P: 10817 CALZADILLA (Cáceres)
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en los Pliegos que rigen la licitación y
ejecución del mismo, y de acuerdo con las instrucciones que se den a la persona o entidad
contratista para su interpretación por el órgano de contratación.
VIGESIMOPRIMERA.- Penalidades por incumplimiento.-
Los incumplimientos que cometa la persona o entidad contratista en la ejecución del objeto de
la concesión se clasificarán en infracciones leves y graves.
1.- Serán consideradas infracciones leves:
a. El retraso en la ejecución de las órdenes dadas por el responsable del contrato y/u
órgano de contratación, para el cumplimiento del contrato.
b. La falta de decoro e higiene en la prestación del servicio a los usuarios, tanto por la
persona o entidad contratista como por el personal a su cargo.
c. La venta de productos no autorizados.
d. El deterioro y suciedad de los espacios objeto del contrato.
e. El trato incorrecto al público.
2.- Serán consideradas infracciones graves:
a. El incumplimiento de las obligaciones inherentes del objeto del contrato, previo
requerimiento del Excmo. Ayuntamiento de Calzadilla.
b. El incumplimiento de los requisitos necesarios en materia sanitaria para la explotación
de la actividad económica objeto del presente contrato.
c. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones esenciales recogidas en este
Pliego.
d. La no realización de alguna de las prestaciones contratadas u ofertadas.
e. La subcontratación sin autorización municipal.
f. La comisión de más de tres faltas leves en un año.
3.- Las infracciones indicadas se sancionarán de la forma que se indica:
a. Por infracciones leves, amonestación y sanción de hasta 240 €.
CVE:
BOP-2025-1143
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 13 de marzo de 2025
N.º 0050
Pág. 5659