Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-1086)
BOP-2025-1086 EXTRACTO. Bases que han de regir la concesión de subvenciones en régimen de concesión directa para favorecer la conciliación familiar, personal y laboral en el municipio de Cáceres, 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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5. Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones del
Ayuntamiento de Cáceres y de sus Organismos Autónomos, en los términos que
reglamentariamente se determinen.
6. No haber sido beneficiarios/as de otra subvención, en régimen de concurrencia competitiva o
directa, del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres o sus Organismos Autónomos para la misma
finalidad, objetivos y/o personas beneficiarias.
7. No superar los ingresos mensuales por persona componente de la unidad familiar en el mes
anterior a la solicitud de la ayuda la cantidad de 1.050,00 euros, importe equivalente a 1,5
veces el IPREM anual a 14 pagas dividido entre 12 mensualidades.
SOLICITUDES.
Plazo de presentación y lugar de presentación: Toda la documentación, dirigida a la
Presidencia del Instituto Municipal de Asuntos Sociales, se podrá presentar:
- De forma presencial, en la oficina del Registro General , así como en las demás formas
previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- En la sede electrónica del Ayuntamiento de Cáceres:
https://sede.caceres.es
- Cualquier oficina de la Red ORVE (Registro virtual a través de la red SARA) o el propio
registro electrónico de la red SARA:
https://rec.redsara.es
El plazo de presentación de solicitudes será el comprendido entre el día siguiente al de la
publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y el 31 de
octubre de 2025.
DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.
Los fondos destinados a la financiación de las ayudas reguladas en estas bases se financian
con cargo al vigente presupuesto del Instituto Municipal de Asuntos Sociales del Ayuntamiento
de Cáceres del año 2025, con un importe de 30.000,00 €.
CVE:
BOP-2025-1086
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de marzo de 2025
N.º 0048
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Ayuntamiento de Cáceres y de sus Organismos Autónomos, en los términos que
reglamentariamente se determinen.
6. No haber sido beneficiarios/as de otra subvención, en régimen de concurrencia competitiva o
directa, del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres o sus Organismos Autónomos para la misma
finalidad, objetivos y/o personas beneficiarias.
7. No superar los ingresos mensuales por persona componente de la unidad familiar en el mes
anterior a la solicitud de la ayuda la cantidad de 1.050,00 euros, importe equivalente a 1,5
veces el IPREM anual a 14 pagas dividido entre 12 mensualidades.
SOLICITUDES.
Plazo de presentación y lugar de presentación: Toda la documentación, dirigida a la
Presidencia del Instituto Municipal de Asuntos Sociales, se podrá presentar:
- De forma presencial, en la oficina del Registro General , así como en las demás formas
previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- En la sede electrónica del Ayuntamiento de Cáceres:
https://sede.caceres.es
- Cualquier oficina de la Red ORVE (Registro virtual a través de la red SARA) o el propio
registro electrónico de la red SARA:
https://rec.redsara.es
El plazo de presentación de solicitudes será el comprendido entre el día siguiente al de la
publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y el 31 de
octubre de 2025.
DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.
Los fondos destinados a la financiación de las ayudas reguladas en estas bases se financian
con cargo al vigente presupuesto del Instituto Municipal de Asuntos Sociales del Ayuntamiento
de Cáceres del año 2025, con un importe de 30.000,00 €.
CVE:
BOP-2025-1086
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de marzo de 2025
N.º 0048
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