Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2025-1074)
BOP-2025-1074 Bases Reguladoras de Selección de personal del Plan Activa Cultura Deportes 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Montehermoso
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contratación que se pretende sustituir.
La persona a quien se contrate como sustituta deberá desempeñar en todo caso, la misma actividad que la
persona a quien sustituye.
Si no hubiera candidatos de la lista de espera, se presentará nueva oferta de empleo para cubrir el puesto
dejado vacante.
En el caso de suspensión del contrato subvencionado con derecho a reserva del puesto de trabajo, en los
supuestos a los que se refiere el artículo 48.1 del Estatuto de los Trabajadores, la entidad beneficiaria no
tiene obligación de su sustitución. No obstante, si se opta por sustituir a la persona trabajadora con
contrato suspendido, esta sustitución se regirá por las mismas normas anteriores.
Cuando finalice la sustitución por la reincorporación de la persona sustituida a su puesto de trabajo, el
sustituto volverá a incorporarse a la lista de espera ocupando la última posición de la misma.
La lista de espera podrá ser utilizada por este Ayuntamiento, tanto para cubrir renuncias o sustituciones de
esta Plan y siempre mientras dure la convocatoria anual quedando derogada con la siguiente.
Cód.
Validación:
3TCFWCKQXJGMYHEFE5SEREEZG
Verificación:
https://ayuntamientodemontehermoso.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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Lunes, 10 de marzo de 2025
N.º 0047
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contratación que se pretende sustituir.
La persona a quien se contrate como sustituta deberá desempeñar en todo caso, la misma actividad que la
persona a quien sustituye.
Si no hubiera candidatos de la lista de espera, se presentará nueva oferta de empleo para cubrir el puesto
dejado vacante.
En el caso de suspensión del contrato subvencionado con derecho a reserva del puesto de trabajo, en los
supuestos a los que se refiere el artículo 48.1 del Estatuto de los Trabajadores, la entidad beneficiaria no
tiene obligación de su sustitución. No obstante, si se opta por sustituir a la persona trabajadora con
contrato suspendido, esta sustitución se regirá por las mismas normas anteriores.
Cuando finalice la sustitución por la reincorporación de la persona sustituida a su puesto de trabajo, el
sustituto volverá a incorporarse a la lista de espera ocupando la última posición de la misma.
La lista de espera podrá ser utilizada por este Ayuntamiento, tanto para cubrir renuncias o sustituciones de
esta Plan y siempre mientras dure la convocatoria anual quedando derogada con la siguiente.
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