Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2025-1046)
BOP-2025-1046 Convenio de colaboración entre los Organismos Autónomos de Recaudación y Gestión Tributaria de las Diputaciones Provinciales de Badajoz y Cáceres para potenciar la eficacia y la excelencia en la gestión pública local.
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TERCERA.- COMISIÓN DE SEGUIMIENTO.
1.- Para el seguimiento y coordinación de las actuaciones que se deriven del presente
Convenio se crea una Comisión de Seguimiento integrada por cuatro representantes
designadas por cada una de las partes.
Por parte del OAR-Diputación de Badajoz: el/la Diputado/a Delegado/a y el/la Gerente, o
personas en quienes deleguen.
Por parte del OARGT-Diputación de Cáceres: el/la Diputado/a Delegado/a y el/la
Gerente, o personas en quienes deleguen.
A las reuniones también podrá asistir personal de ambos Organismos, con objeto de informar o
asesorar de los asuntos que se traten.
2.- La Comisión, que se reunirá como mínimo una vez al año, tendrá las funciones siguientes:
La aprobación del Calendario Anual de Formación.
La elaboración y propuesta de las Bases del Premio de Reconocimiento.
Determinar los proyectos y actuaciones a realizar en materia de RSC.
La realización del seguimiento y evaluación de los programas y actividades
desarrolladas en el ámbito del presente Convenio.
La resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan
plantearse, formular propuestas, elaborar informes acerca de la ejecución y realizar el
seguimiento e impulso de las actuaciones convenidas.
CUARTA.- VIGENCIA Y DURACIÓN DEL CONVENIO.
El presente Convenio entrará en vigor en el momento de su firma y tendrá una duración de
cuatro años, prorrogable por un periodo de hasta cuatro años adicionales si no existe denuncia
previa por alguna de las partes, hecho que deberá comunicarse a cada parte con una
antelación mínima de dos meses al vencimiento del Convenio o de cualquiera de sus
prórrogas.
QUINTA.- CAUSAS DE EXTINCIÓN DEL CONVENIO.
1.- Serán causa de extinción.
Por expiración del plazo de duración del mismo.
Por mutuo acuerdo de las partes.
CVE:
BOP-2025-1046
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 7 de marzo de 2025
N.º 0046
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