Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-1043)
BOP-2025-1043 EXTRACTO Bases y convocatoria de subvenciones de Acción Social.
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Actuaciones subvencionables y exclusiones:
Podrán ser objeto de las ayudas los proyectos que contemplen alguna de las siguientes
actividades:
Actividades de prevención y detección de situaciones de riesgo social o de exclusión.
Actividades socio-educativas para personas o grupos en situación de riesgo social.
Actividades de fomento de la autonomía personal.
Actividades de apoyo a familias cuidadoras en situación de dependencia.
Acciones para fomentar la convivencia, respeto a la diversidad y vínculos y relaciones
entre la ciudadanía.
Actividades de apoyo a los procesos de acogida y acompañamiento con grupos en
situación de riesgo social o exclusión.
Actividades de promoción de la salud integral, en su doble aspecto de bienestar físico y
mental.
Actividades de tratamiento necesario en problemáticas de salud.
Actividades de mejora de la calidad de vida de las personas con la capacidad de obrar
modificada.
Actividades de atención a necesidades básicas de las personas en situación de pobreza
y/o vulnerabilidad.
Otras que respondan a los objetivos planteados en estas bases dentro de las
estrategias de atención a la Diversidad, de promoción de la Equidad, de Inclusión y/o de
Salud Comunitaria.
Además, las actuaciones objeto de subvención deberán hacer un uso de imágenes y
lenguaje inclusivo, fomentando valores de igualdad, diversidad y pluralidad.
Quedan EXCLUIDOS de la convocatoria los proyectos que incurran en alguna de las siguientes
circunstancias:
Las actuaciones dirigidas a formación para el empleo y de promoción laboral.
Los proyectos que no cumplan los criterios sobre el ámbito de actuación establecido o
cuyo objetivos no se adecúen al objeto y finalidad de la convocatoria.
2. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.
Estas subvenciones se llevarán a cabo en régimen de concurrencia competitiva conforme a la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el marco de las bases de
ejecución del presupuesto 2025 y de la ordenanza general de subvenciones publicada en el
Boletín Oficial de la Provincia número 0184, de 26 de septiembre de 2022.
CVE:
BOP-2025-1043
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 7 de marzo de 2025
N.º 0046
Pág. 5243
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Actuaciones subvencionables y exclusiones:
Podrán ser objeto de las ayudas los proyectos que contemplen alguna de las siguientes
actividades:
Actividades de prevención y detección de situaciones de riesgo social o de exclusión.
Actividades socio-educativas para personas o grupos en situación de riesgo social.
Actividades de fomento de la autonomía personal.
Actividades de apoyo a familias cuidadoras en situación de dependencia.
Acciones para fomentar la convivencia, respeto a la diversidad y vínculos y relaciones
entre la ciudadanía.
Actividades de apoyo a los procesos de acogida y acompañamiento con grupos en
situación de riesgo social o exclusión.
Actividades de promoción de la salud integral, en su doble aspecto de bienestar físico y
mental.
Actividades de tratamiento necesario en problemáticas de salud.
Actividades de mejora de la calidad de vida de las personas con la capacidad de obrar
modificada.
Actividades de atención a necesidades básicas de las personas en situación de pobreza
y/o vulnerabilidad.
Otras que respondan a los objetivos planteados en estas bases dentro de las
estrategias de atención a la Diversidad, de promoción de la Equidad, de Inclusión y/o de
Salud Comunitaria.
Además, las actuaciones objeto de subvención deberán hacer un uso de imágenes y
lenguaje inclusivo, fomentando valores de igualdad, diversidad y pluralidad.
Quedan EXCLUIDOS de la convocatoria los proyectos que incurran en alguna de las siguientes
circunstancias:
Las actuaciones dirigidas a formación para el empleo y de promoción laboral.
Los proyectos que no cumplan los criterios sobre el ámbito de actuación establecido o
cuyo objetivos no se adecúen al objeto y finalidad de la convocatoria.
2. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.
Estas subvenciones se llevarán a cabo en régimen de concurrencia competitiva conforme a la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el marco de las bases de
ejecución del presupuesto 2025 y de la ordenanza general de subvenciones publicada en el
Boletín Oficial de la Provincia número 0184, de 26 de septiembre de 2022.
CVE:
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Verificable
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Viernes, 7 de marzo de 2025
N.º 0046
Pág. 5243