Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-1042)
BOP-2025-1042 Bases y convocatoria de subvenciones de Acción Social.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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• En el caso de que los servicios subvencionables se suministrasen en virtud de un contrato, deberán
presentarlo.
• Los honorarios profesionales se justificarán con las minutas de honorarios emitidas con todos los
requisitos legales.
• Los gastos de alojamiento, manutención y desplazamiento se justificarán mediante la aportación de
facturas y en el caso de desplazamientos en automóvil particular, mediante documentos de liquidación,
firmados por el/la representante legal de la entidad, donde se hará constar el recorrido realizado en km
y el coste por km (0,26€/km), conforme a lo indicado en el art. 1 de la Orden HFP/793/2023, de 12 de
julio. Se deberán tener en cuenta los límites subvencionables detallados en estas bases.
4) Documentos acreditativos de los pagos efectuados. En todos los documentos justificativos del pago,
deberá aparecer claramente el concepto del mismo y la fecha de materialización del pago. Los medios de
pago se acreditarán como sigue:
Transferencia Bancaria: Cuando los pagos se lleven a cabo a través de este medio, la cuenta de cargo debe
estar a nombre de la entidad. Para su acreditación se debe aportar el resguardo bancario, conteniendo: titular
y número de cuenta en la que se carga la transferencia o adeudo, ordenante de la transferencia o adeudo,
beneficiario, que debe coincidir con el emisor de la factura, concepto por el que se realiza la transferencia,
importe y fecha de la operación.
Pago mediante cheque. En estos casos se aportará copia del cheque emitido a nombre del proveedor que
emite la factura, acompañada de copia sellada del extracto bancario que incluye el cargo.
Pagos en efectivo, hasta el límite legal de 1.000,00€ MIL EUROS, establecido en la Ley 11/2021 de 9 de julio
de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal (BOE n.º 164 de 10 julio 2021). Estos pagos se
justificarán mediante recibo que acredite que al emisor de la factura le ha sido satisfecho el importe. Este
recibo debe contener al menos: término “Recibí, “Recibo de pago”, “Recibí en efectivo” o similar; nombre y
apellidos o razón social, DNI/NIF, firma de la persona que recibe dicho pago (cobrador/a); identificación de la
factura a la que corresponde el pago y su fecha; fecha de cobro. También se admite que estos datos se
plasmen en el mismo documento de factura.
Pagos con tarjeta bancaria. Se justificarán mediante el documento de cargo del pago con la tarjeta, y la titular
de la tarjeta habrá de ser la entidad o estar asociada a la misma.
Otros pagos. En el caso de los recibos de liquidación de Cotizaciones a la Seguridad Social deberá
adjuntarse el comprobante bancario que acredite el pago. El ingreso de retenciones del IRPF efectuado a la
Agencia Tributaria se justificará con el modelo 111, que deberá ir con el sello de caja o bien adjuntarse el
comprobante bancario que acredite el ingreso; y con el modelo 190, resumen anual, que contienen el listado
de las personas trabajadoras.
5) Como documentos anexos se adjuntarán fuentes de verificación de la realización del proyecto:
listados de personas participantes, encuestas, hojas de firmas, recibís de entrega de materiales, fotografías o
cualquier otro acreditativo de la realización de las actividades.
Si la entidad beneficiaria quisiera aportar acreditación documental de las actividades realizadas, mediante la
presentación de imágenes correspondientes a cartelería, folletos, o por fotografías, vídeos u otros soportes
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Área de Desarrollo Sostenible y Turismo
SERVICIO DE IGUALDAD, POLÍTICA SOCIAL Y
COOPERACIÓN INTERNACIONAL
CVE:
BOP-2025-1042
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 7 de marzo de 2025
N.º 0046
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presentarlo.
• Los honorarios profesionales se justificarán con las minutas de honorarios emitidas con todos los
requisitos legales.
• Los gastos de alojamiento, manutención y desplazamiento se justificarán mediante la aportación de
facturas y en el caso de desplazamientos en automóvil particular, mediante documentos de liquidación,
firmados por el/la representante legal de la entidad, donde se hará constar el recorrido realizado en km
y el coste por km (0,26€/km), conforme a lo indicado en el art. 1 de la Orden HFP/793/2023, de 12 de
julio. Se deberán tener en cuenta los límites subvencionables detallados en estas bases.
4) Documentos acreditativos de los pagos efectuados. En todos los documentos justificativos del pago,
deberá aparecer claramente el concepto del mismo y la fecha de materialización del pago. Los medios de
pago se acreditarán como sigue:
Transferencia Bancaria: Cuando los pagos se lleven a cabo a través de este medio, la cuenta de cargo debe
estar a nombre de la entidad. Para su acreditación se debe aportar el resguardo bancario, conteniendo: titular
y número de cuenta en la que se carga la transferencia o adeudo, ordenante de la transferencia o adeudo,
beneficiario, que debe coincidir con el emisor de la factura, concepto por el que se realiza la transferencia,
importe y fecha de la operación.
Pago mediante cheque. En estos casos se aportará copia del cheque emitido a nombre del proveedor que
emite la factura, acompañada de copia sellada del extracto bancario que incluye el cargo.
Pagos en efectivo, hasta el límite legal de 1.000,00€ MIL EUROS, establecido en la Ley 11/2021 de 9 de julio
de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal (BOE n.º 164 de 10 julio 2021). Estos pagos se
justificarán mediante recibo que acredite que al emisor de la factura le ha sido satisfecho el importe. Este
recibo debe contener al menos: término “Recibí, “Recibo de pago”, “Recibí en efectivo” o similar; nombre y
apellidos o razón social, DNI/NIF, firma de la persona que recibe dicho pago (cobrador/a); identificación de la
factura a la que corresponde el pago y su fecha; fecha de cobro. También se admite que estos datos se
plasmen en el mismo documento de factura.
Pagos con tarjeta bancaria. Se justificarán mediante el documento de cargo del pago con la tarjeta, y la titular
de la tarjeta habrá de ser la entidad o estar asociada a la misma.
Otros pagos. En el caso de los recibos de liquidación de Cotizaciones a la Seguridad Social deberá
adjuntarse el comprobante bancario que acredite el pago. El ingreso de retenciones del IRPF efectuado a la
Agencia Tributaria se justificará con el modelo 111, que deberá ir con el sello de caja o bien adjuntarse el
comprobante bancario que acredite el ingreso; y con el modelo 190, resumen anual, que contienen el listado
de las personas trabajadoras.
5) Como documentos anexos se adjuntarán fuentes de verificación de la realización del proyecto:
listados de personas participantes, encuestas, hojas de firmas, recibís de entrega de materiales, fotografías o
cualquier otro acreditativo de la realización de las actividades.
Si la entidad beneficiaria quisiera aportar acreditación documental de las actividades realizadas, mediante la
presentación de imágenes correspondientes a cartelería, folletos, o por fotografías, vídeos u otros soportes
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SERVICIO DE IGUALDAD, POLÍTICA SOCIAL Y
COOPERACIÓN INTERNACIONAL
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