Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2025-1019)
BOP-2025-1019 Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal reguladora del aprovechamiento especial de espacios de uso público mediante la instalación de terrazas.
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en la normativa de régimen local aplicable.
2. Las resoluciones, especialmente las denegatorias y las que introduzcan
limitaciones a lo pedido por el solicitante, habrán de sermotivadas.
3. Las resoluciones que otorguen la autorización administrativa contendrán la
siguiente información:
a) Titular de la autorización administrativa y nombre o razón social, N.I.F. o C.I.F. y
dirección del local del establecimiento hostelero desde el que se atenderá la terraza.
b) Localización y delimitación exacta del espacio que se autoriza ocupar con mención
del nombre de la vía, número del edificio más próximo y todos los demás datos
identificativos necesarios.
c) Extensión de la superficie de la terraza autorizada en metroscuadrados.
d) Aforo interior y exterior del establecimiento.
e) Si se trata, o no, de una instalación cubierta con cerramiento estable y no
permanente.
f) Número veladores, veladores altos y sombrillas que se autorizainstalar.
g) Anualidad correspondiente y limitación horaria.
h) Descripción y número de otros elementos que se autorizainstalar.
i) Condiciones de accesibilidad que se deberán respetar mientras la terraza esté
instalada, recogida o retirada.
CAPÍTULO III. Del control y las inspecciones
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Artículo 13. Expediente de las terrazas.
Para el ejercicio por los administrados de los derechos reconocidos legalmente se
procederá a la apertura a cada terraza, cuyo titular disponga de autorización, del
correspondiente expediente en el que figurará:
 Toda la documentación de solicitud y concesión de la licencia.
 Copia del recibo de la tasa que le haya correspondido abonar.
 Las sucesivas anualidades en que acredite el cumplimiento de las condiciones de
vigencia de la licencia o toma de razón de la instalación para el mismo establecimiento
y el mismo titular.
 Cuantas observaciones sean consideradas de interés.
Artículo 14. Extinción, modificación y suspensión de las autorizacionesadministrativas.
1. El incumplimiento grave por parte del titular de los límites y condiciones de la
autorización administrativa dará lugar a las sanciones que procedan, incluida su revocación. Se
considerarán incumplimientos graves los tipificados como infracciones muy graves en esta
ordenanza.
2. Las autorizaciones podrán ser revocadas unilateralmente por la Administración
concedente en cualquier momento por razones de interés público, sin generar derecho a
indemnización, cuando resulten incompatibles con las condiciones generales aprobadas con
posterioridad, produzcan daños en el dominio público, impida su utilización para actividades
Excmo. Ayuntamiento de Trujillo
Paseo Ruiz de Mendoza 8, 10200 Trujillo (Cáceres)
927 321 050
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CVE:
BOP-2025-1019
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 5 de marzo de 2025
N.º 0044
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