Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldehuela del Jerte. (BOP-2025-1009)
BOP-2025-1009 Aprobación definitiva modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la prestación del Servicio de Agua a Domicilio.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Aldehuela del Jerte
ANUNCIO. Aprobación definitiva modificación de la Ordenanza Fiscal
Reguladora de la Tasa por la prestación del Servicio de Agua a Domicilio.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitiva la Ordenanza fiscal Reguladora de la Tasa por la
prestación del Servicio de Agua a Domicilio, según Acuerdo del Pleno de fecha 7 de noviembre
de 2024, cuyo texto íntegro, se hace público, en cumplimiento del artículo 17 del Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que queda redactado en los siguientes términos:
ARTICULO 1.º FUNDAMENTO Y NATURALEZA.
Al amparo de lo previsto en el artículo 27, en relación con los artículos 15.1 y 16.1 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento acuerda imponer la Tasa por
distribución y suministro de agua potable en el municipio de Aldehuela del Jerte con arreglo a
los preceptos de citado texto legal y disposiciones que lo desarrollan, y aprueba la Ordenanza
Fiscal reguladora de la misma.
ARTICULO 2.º HECHO IMPONIBLE.
Constituyen el hecho imponible de esta tasa:
A) La prestación del servicio público de suministro de agua en alta y domiciliario de agua
potable a viviendas, alojamientos, locales o establecimientos donde se ejerzan actividades
industriales, comerciales, profesionales, artísticas, sanitarias, clínicas, ambulatorias y servicios
de recreo. Esta condición se presumirá en todos los inmuebles que tengan Licencia Municipal o
instalación general de agua potable y recogida de agua usada en el sistema municipal de
alcantarillado, ubicados en las calles, distritos y polígonos en que se preste en el servicio.
B) Otras prestaciones específicas relacionadas con dicho servicio, que se soliciten
expresamente por los/as abonados/as y que siendo viable a juicio del Ayuntamiento, se acepte
por éste su realización.
CVE:
BOP-2025-1009
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 5 de marzo de 2025
N.º 0044
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