Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-1005)
BOP-2025-1005 Bases y convocatoria subvenciones proyectos de igualdad 2025.
28 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actividades objeto de subvención, de conformidad
con lo establecido en la Base 41 de las de Ejecución del Presupuesto para el año en curso, con el artículo
13.1 c de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Cáceres y con el art. 34.4 de
la Ley 38/2003, General de Subvenciones y, en todo caso, siempre que la entidad beneficiaria no tenga
cantidades pendientes de reintegrar relativas a expedientes de subvenciones de la Diputación Provincial de
Cáceres.
GARANTÍAS
No será necesaria la constitución de garantía alguna, estando exentas las entidades beneficiarias por tratarse
de proyectos contemplados en el artículo 13.2 c) de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación
Provincial de Cáceres.
BASE CUARTA. ENTIDADES BENEFICIARIAS: REQUISITOS Y OBLIGACIONES.
REQUISITOS
Podrán solicitar las ayudas entidades privadas sin ánimo de lucro que cumplan con los siguientes requisitos:
a) Tener personalidad jurídica, capacidad de obrar y carecer de fin de lucro.
b) Estar debidamente constituidas e inscritas en el Registro correspondiente con carácter previo a la
publicación de la presente convocatoria.
c) Tener sede o delegación permanente en algún municipio de la provincia de Cáceres, y que se
acredite fehacientemente.
d) No tener dependencia económica ni institucional de ninguna entidad lucrativa.
e) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social y las tributarias con
Hacienda Estatal y Excma. Diputación de Cáceres.
f) No encontrarse incursa en ninguna prohibición para obtener la condición de beneficiario de
subvenciones públicas que se contempla en el artículo 13 de la LGS.
OBLIGACIONES
Serán obligaciones de la entidad beneficiaria las establecidas en el art. 14 de la Ley General de
Subvenciones y en el art. 8 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de
Cáceres, y además:
A) Cumplir con la obligación de publicidad. Las entidades beneficiarias tienen la obligación de
difundir que el proyecto ha sido subvencionado por la Diputación Provincial de Cáceres. El
cumplimiento de esta obligación se acreditará o bien mediante la aportación de material /
documentación donde se haya hecho constar el logotipo de la Diputación Provincial de Cáceres, o
bien mediante la acreditación de otros tipos de publicidad de la actividad subvencionada en los que
conste dicho logotipo (por ejemplo, en la página web). Además, se deberá mencionar en ruedas de
Página 4 de 27
Área de Desarrollo Sostenible y Turismo
SERVICIO DE IGUALDAD, POLÍTICA SOCIAL Y
COOPERACIÓN INTERNACIONAL
CVE:
BOP-2025-1005
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 5 de marzo de 2025
N.º 0044
Pág. 5032