Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-1005)
BOP-2025-1005 Bases y convocatoria subvenciones proyectos de igualdad 2025.
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en municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Cáceres.
◦ Los proyectos cuyos objetivos no se adecúen a las bases de la convocatoria.
En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiaria, las entidades que en su proceso de admisión
o en su funcionamiento discriminen por razón de sexo u otra causa descrita en el artículo 4 de la Ley
1/2002 de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
Los proyectos objeto de subvención con independencia de su objetivo deben incorporar la perspectiva de
género y hacer un uso no sexista e inclusivo del lenguaje y la imagen.
BASE SEGUNDA. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA.
Estas subvenciones se llevarán a cabo en régimen de concurrencia competitiva conforme a la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, en el marco de las bases de ejecución del presupuesto 2025 y de
la ordenanza general de subvenciones publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 0184, de 26 de
septiembre de 2022.
PROYECTOS DE IGUALDAD.
2025.04.2311.48404 “Convocatoria Subv. a ONG de Igualdad Oportunidades”, dotada con un importe total
de CIENTO VEINTEMIL EUROS (120.000,00 €).
CUANTÍA
El importe máximo a conceder a cada entidad beneficiaria será de 6.000,00€. Se concederá el 100% del
proyecto presentado en función de la puntuación obtenida por las entidades seleccionadas a subvencionar.
Las subvenciones concedidas nunca sobrepasarán el importe de la dotación presupuestaria y el órgano
competente se reserva el derecho a no asignar el importe total de la aplicación si las circunstancias así lo
aconsejaran, motivando la resolución.
Asimismo el importe de las subvenciones reguladas en las presentes Bases de Convocatoria en ningún caso
podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones concedidas por otras
Administraciones Públicas, o de otros entes públicos o privados, u otros ingresos o recursos que financien la
actividad/proyecto, supere los gastos previstos para la realización del proyecto/actividad subvencionable.
BASE TERCERA. RÉGIMEN DE PAGO Y GARANTÍAS.
RÉGIMEN DE PAGO
Las ayudas concedidas a través de la presente Convocatoria tendrán carácter prepagable, esto es, la
Diputación procederá al pago de las mismas, una vez se produzca la concesión definitiva de las ayudas y,
con anterioridad a la presentación de la correspondiente justificación, visto el objeto de la convocatoria y
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Área de Desarrollo Sostenible y Turismo
SERVICIO DE IGUALDAD, POLÍTICA SOCIAL Y
COOPERACIÓN INTERNACIONAL
CVE:
BOP-2025-1005
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 5 de marzo de 2025
N.º 0044
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◦ Los proyectos cuyos objetivos no se adecúen a las bases de la convocatoria.
En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiaria, las entidades que en su proceso de admisión
o en su funcionamiento discriminen por razón de sexo u otra causa descrita en el artículo 4 de la Ley
1/2002 de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
Los proyectos objeto de subvención con independencia de su objetivo deben incorporar la perspectiva de
género y hacer un uso no sexista e inclusivo del lenguaje y la imagen.
BASE SEGUNDA. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA.
Estas subvenciones se llevarán a cabo en régimen de concurrencia competitiva conforme a la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, en el marco de las bases de ejecución del presupuesto 2025 y de
la ordenanza general de subvenciones publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 0184, de 26 de
septiembre de 2022.
PROYECTOS DE IGUALDAD.
2025.04.2311.48404 “Convocatoria Subv. a ONG de Igualdad Oportunidades”, dotada con un importe total
de CIENTO VEINTEMIL EUROS (120.000,00 €).
CUANTÍA
El importe máximo a conceder a cada entidad beneficiaria será de 6.000,00€. Se concederá el 100% del
proyecto presentado en función de la puntuación obtenida por las entidades seleccionadas a subvencionar.
Las subvenciones concedidas nunca sobrepasarán el importe de la dotación presupuestaria y el órgano
competente se reserva el derecho a no asignar el importe total de la aplicación si las circunstancias así lo
aconsejaran, motivando la resolución.
Asimismo el importe de las subvenciones reguladas en las presentes Bases de Convocatoria en ningún caso
podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones concedidas por otras
Administraciones Públicas, o de otros entes públicos o privados, u otros ingresos o recursos que financien la
actividad/proyecto, supere los gastos previstos para la realización del proyecto/actividad subvencionable.
BASE TERCERA. RÉGIMEN DE PAGO Y GARANTÍAS.
RÉGIMEN DE PAGO
Las ayudas concedidas a través de la presente Convocatoria tendrán carácter prepagable, esto es, la
Diputación procederá al pago de las mismas, una vez se produzca la concesión definitiva de las ayudas y,
con anterioridad a la presentación de la correspondiente justificación, visto el objeto de la convocatoria y
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Área de Desarrollo Sostenible y Turismo
SERVICIO DE IGUALDAD, POLÍTICA SOCIAL Y
COOPERACIÓN INTERNACIONAL
CVE:
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Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 5 de marzo de 2025
N.º 0044
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