Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Saucedilla. (BOP-2025-999)
BOP-2025-999 Renovación de Juez de Paz Sustituto en Saucedilla.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Y, conforme al art. 389 LOPJ, en el cargo de Juez/a de Paz es incompatible:
Con el ejercicio de cualquier otra jurisdicción ajena a la del Poder Judicial.
Con cualquier cargo de elección popular o designación política del Estado, comunidades
Autónomas, Provincias y demás entidades locales y organismos dependientes de
cualquiera de ellos.
Con los empleos o cargos dotados o retribuidos por la Administración del Estado, las
Cortes Generales, la Casa Real, Comunidades Autónomas, Provincias, Municipios y
cualesquiera entidades, organismo o empresas dependientes de unos u otras,
Con los empleos de todas clases en los Tribunales y Juzgados de cualquier orden
jurisdiccional.
Con el ejercicio de la Abogacía y de la Procuraduría.
Con todo tipo de asesoramiento jurídico, sea o no retribuido.
Con las funciones de Director/a, Gerente, Administrador/a, Consejero/a, socio/a
colectivo/a o cualquiera otra que implique intervención directa, administrativa o
económica en sociedades o empresas mercantiles, públicas o privadas, de cualquier
género, si son susceptibles de impedir o menoscabar su imparcialidad o independencia
o puedan interferir en el estricto cumplimiento de los deberes judiciales.
No pertenecer a partidos políticos o sindicatos, o tener empleo al servicio de los
mismos.
Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la
información que se precise en cuanto a requisitos y duración del cargo.
Que, en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial y el artículo 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los/as jueces/zas de Paz,
comunicando el Acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del Partido.
Lo que se publica para general conocimiento.
Saucedilla, 21 de febrero de 2025
Iñaki Campo Barrado
ALCALDE
CVE:
BOP-2025-999
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 4 de marzo de 2025
N.º 0043
Pág. 5012
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Y, conforme al art. 389 LOPJ, en el cargo de Juez/a de Paz es incompatible:
Con el ejercicio de cualquier otra jurisdicción ajena a la del Poder Judicial.
Con cualquier cargo de elección popular o designación política del Estado, comunidades
Autónomas, Provincias y demás entidades locales y organismos dependientes de
cualquiera de ellos.
Con los empleos o cargos dotados o retribuidos por la Administración del Estado, las
Cortes Generales, la Casa Real, Comunidades Autónomas, Provincias, Municipios y
cualesquiera entidades, organismo o empresas dependientes de unos u otras,
Con los empleos de todas clases en los Tribunales y Juzgados de cualquier orden
jurisdiccional.
Con el ejercicio de la Abogacía y de la Procuraduría.
Con todo tipo de asesoramiento jurídico, sea o no retribuido.
Con las funciones de Director/a, Gerente, Administrador/a, Consejero/a, socio/a
colectivo/a o cualquiera otra que implique intervención directa, administrativa o
económica en sociedades o empresas mercantiles, públicas o privadas, de cualquier
género, si son susceptibles de impedir o menoscabar su imparcialidad o independencia
o puedan interferir en el estricto cumplimiento de los deberes judiciales.
No pertenecer a partidos políticos o sindicatos, o tener empleo al servicio de los
mismos.
Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la
información que se precise en cuanto a requisitos y duración del cargo.
Que, en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial y el artículo 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los/as jueces/zas de Paz,
comunicando el Acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del Partido.
Lo que se publica para general conocimiento.
Saucedilla, 21 de febrero de 2025
Iñaki Campo Barrado
ALCALDE
CVE:
BOP-2025-999
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Martes, 4 de marzo de 2025
N.º 0043
Pág. 5012