Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2025-984)
BOP-2025-984 Aprobación definitiva Ordenanza de Protección y Tenencia de Animales
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
ANUNCIO. Aprobación definitiva Ordenanza de Protección y Tenencia de
Animales
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la ordenanza de
Tenencia y Protección de Animales, cuyo texto íntegro se hace público, para su general
conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el cual se transcribe del siguiente tenor
literal:
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Ámbito de aplicación
Será de obligado cumplimiento en el término municipal de Navalmoral de la Mata y afectará a
toda persona física o jurídica que, en calidad de propietario, poseedor, vendedor, cuidador,
adiestrador, encargado, miembro de asociaciones protectoras de animales o ganaderos, se
relacione con animales, así como a cualquiera otra persona que se relacione con estos de
forma permanente, ocasional o accidental.
Artículo 2.- Competencia funcional
Las competencias municipales en esta materia se atribuyen a la Alcaldía y a la Concejalía de
Medioambiente, Parques y Jardines, sin perjuicio de la posible colaboración del resto de los
distintos departamentos municipales, en el caso de ser requerida, cuando fuere preciso.
La inspección y vigilancia del cumplimiento de la presente norma corresponde a la policía local,
que se materializará con su inspección ocular, partes y boletines de denuncia, quién podrá
realizar dicha función con auxilio y/o colaboración de las entidades de protección animal del
municipio de Navalmoral de la Mata.
CVE:
BOP-2025-984
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 3 de marzo de 2025
N.º 0042
Pág. 4884
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
ANUNCIO. Aprobación definitiva Ordenanza de Protección y Tenencia de
Animales
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la ordenanza de
Tenencia y Protección de Animales, cuyo texto íntegro se hace público, para su general
conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el cual se transcribe del siguiente tenor
literal:
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Ámbito de aplicación
Será de obligado cumplimiento en el término municipal de Navalmoral de la Mata y afectará a
toda persona física o jurídica que, en calidad de propietario, poseedor, vendedor, cuidador,
adiestrador, encargado, miembro de asociaciones protectoras de animales o ganaderos, se
relacione con animales, así como a cualquiera otra persona que se relacione con estos de
forma permanente, ocasional o accidental.
Artículo 2.- Competencia funcional
Las competencias municipales en esta materia se atribuyen a la Alcaldía y a la Concejalía de
Medioambiente, Parques y Jardines, sin perjuicio de la posible colaboración del resto de los
distintos departamentos municipales, en el caso de ser requerida, cuando fuere preciso.
La inspección y vigilancia del cumplimiento de la presente norma corresponde a la policía local,
que se materializará con su inspección ocular, partes y boletines de denuncia, quién podrá
realizar dicha función con auxilio y/o colaboración de las entidades de protección animal del
municipio de Navalmoral de la Mata.
CVE:
BOP-2025-984
Verificable
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Lunes, 3 de marzo de 2025
N.º 0042
Pág. 4884