Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villar del Pedroso. (BOP-2025-969)
BOP-2025-969 Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Villar del Pedroso
ANUNCIO. Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto
sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
Se eleva a definitivo el Acuerdo del Pleno de fecha 11 de diciembre de 2024 del Ayuntamiento
de Villar del Pedroso por el que se aprobaba inicialmente la ordenanza fiscal reguladora del
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del Ayuntamiento de Villar del Pedroso
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial de aprobación de la Ordenanza
Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, cuyo texto íntegro se
hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IVTM
ARTÍCULO 1. Fundamento Legal.
Esta Entidad Local, en uso de las facultades contenidas en los artículos 133.2 y 142 de la
Constitución Española, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 105 y 106 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo
establecido en el artículo 15 en concordancia con el artículo 59.1 del texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, regula en este término municipal el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica,
que se regirá por la presente Ordenanza fiscal, cuyas normas atienden a lo previsto en los
artículos 92 a 99 del citado texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ARTÍCULO 2. Naturaleza y Hecho Imponible.
1. El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica es un Tributo directo que grava la
titularidad de los vehículos de esta naturaleza, aptos para circular por las vías públicas,
cualesquiera que sean su clase y categoría.
CVE:
BOP-2025-969
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 28 de febrero de 2025
N.º 0041
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