Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2025-962)
BOP-2025-962 Convocatoria para la provisión de dos plazas de Monitor/a Deportivo/a, personal laboral fijo (concurso-oposición).
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Firmado por: ANTONIO DIAZ ALIAS - Alcalde Presidente Fecha: 21-02-2025 14:36:04
Código Seguro de Verificación (CSV): 5E4E127971928948E0E69A7838528474
Comprobación CSV: https://miajadas.eadministracion.es/home/validador/5E4E127971928948E0E69A7838528474
Fecha de sellado electrónico: 21-02-2025 14:36:05 Fecha de emisión de esta copia: 24-02-2025 11:47:07
Plaza de España, 10, 10100, Miajadas (Cáceres) / Tfno.: 927 347 000 – Fax: 927 160 546 / https://miajadas.org/
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- Por cada mes completo de servicios prestados en cualquiera de las otras Administración Públicas en un
puesto idéntico o similar, a razón de 0,20 puntos.
A efectos de formación, no se tendrán en cuenta las prácticas para la obtención del curso objeto de
baremación. Si la duración viniera determinada en créditos, el equivalente será de 10 horas por cada
crédito tradicional y de 25 horas por cada crédito ECT.
El Tribunal no valorará los méritos que no estén acreditados en la forma descrita en cada convocatoria
específica. En ningún caso se valorarán méritos no alegados o no acreditados en plazo.
Los méritos relativos a los servicios prestados en la misma administración deberán alegarse con indicación
de los periodos de prestación del servicio, lo que será comprobado por el Departamento de Personal.
Los servicios prestados en otras administraciones se acreditarán mediante copia auténtica del certificado
expedido por el órgano correspondiente.
Los méritos por cursos de formación y especialización realizados se acreditarán mediante copia auténtica
de la titulación correspondiente.
Los méritos por títulos académicos se acreditarán mediante la presentación de la copia auténtica de la
titulación correspondiente.
7. Relación de aprobados, acreditación de requisitos exigidos y nombramiento. Criterio de
desempate.
La calificación será la suma de las puntuaciones obtenidas en los tres ejercicios.
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes por
orden de puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento
(https://sedemiajadas.eadministracion.es) y en el Tablón de Anuncios.
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la Administración, dentro del plazo de 20 veinte días hábiles
desde la publicación, los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos
en la convocatoria.
Excepcionalmente, si las Administraciones Públicas no pudieran recabar los citados documentos, podrán
solicitar nuevamente al interesado su aportación.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o
de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados,
quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber
incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
Quien sea nombrado/a personal laboral fijo deberá tomar posesión de su cargo en el plazo máximo de 15
días desde su nombramiento. Si no lo hiciera, sin causa justificada, quedarían anuladas todas las
actuaciones entendiéndose, así mismo, que renuncia a la plaza.
En el acto de toma de posesión se deberá prestar juramento o promesa de acuerdo con la formula prevista
en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.
En caso de empate, se resolverá atendiendo al siguiente criterio:
1. En primer lugar, se atenderá a la mejor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
2. En segundo lugar, si persistiera el empate, se atenderá a la mejor puntuación obtenida en el
segundo ejercicio.
3. En tercer lugar, si persistiera el empate, se atenderá a la mejor puntuación obtenida en el
apartado B.2) EXPERIENCIA LABORAL, de la fase concurso.
Si a pesar de la aplicación de los criterios anteriores, persistiera el empate, se resolverá por sorteo.
8. Incompatibilidades.
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas
en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las
Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.
9. Incidencias.
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CVE:
BOP-2025-962
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 28 de febrero de 2025
N.º 0041
Pág. 4814
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- Por cada mes completo de servicios prestados en cualquiera de las otras Administración Públicas en un
puesto idéntico o similar, a razón de 0,20 puntos.
A efectos de formación, no se tendrán en cuenta las prácticas para la obtención del curso objeto de
baremación. Si la duración viniera determinada en créditos, el equivalente será de 10 horas por cada
crédito tradicional y de 25 horas por cada crédito ECT.
El Tribunal no valorará los méritos que no estén acreditados en la forma descrita en cada convocatoria
específica. En ningún caso se valorarán méritos no alegados o no acreditados en plazo.
Los méritos relativos a los servicios prestados en la misma administración deberán alegarse con indicación
de los periodos de prestación del servicio, lo que será comprobado por el Departamento de Personal.
Los servicios prestados en otras administraciones se acreditarán mediante copia auténtica del certificado
expedido por el órgano correspondiente.
Los méritos por cursos de formación y especialización realizados se acreditarán mediante copia auténtica
de la titulación correspondiente.
Los méritos por títulos académicos se acreditarán mediante la presentación de la copia auténtica de la
titulación correspondiente.
7. Relación de aprobados, acreditación de requisitos exigidos y nombramiento. Criterio de
desempate.
La calificación será la suma de las puntuaciones obtenidas en los tres ejercicios.
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes por
orden de puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento
(https://sedemiajadas.eadministracion.es) y en el Tablón de Anuncios.
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la Administración, dentro del plazo de 20 veinte días hábiles
desde la publicación, los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos
en la convocatoria.
Excepcionalmente, si las Administraciones Públicas no pudieran recabar los citados documentos, podrán
solicitar nuevamente al interesado su aportación.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o
de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados,
quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber
incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
Quien sea nombrado/a personal laboral fijo deberá tomar posesión de su cargo en el plazo máximo de 15
días desde su nombramiento. Si no lo hiciera, sin causa justificada, quedarían anuladas todas las
actuaciones entendiéndose, así mismo, que renuncia a la plaza.
En el acto de toma de posesión se deberá prestar juramento o promesa de acuerdo con la formula prevista
en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.
En caso de empate, se resolverá atendiendo al siguiente criterio:
1. En primer lugar, se atenderá a la mejor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
2. En segundo lugar, si persistiera el empate, se atenderá a la mejor puntuación obtenida en el
segundo ejercicio.
3. En tercer lugar, si persistiera el empate, se atenderá a la mejor puntuación obtenida en el
apartado B.2) EXPERIENCIA LABORAL, de la fase concurso.
Si a pesar de la aplicación de los criterios anteriores, persistiera el empate, se resolverá por sorteo.
8. Incompatibilidades.
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas
en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las
Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.
9. Incidencias.
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Viernes, 28 de febrero de 2025
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