Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabezuela del Valle. (BOP-2025-951)
BOP-2025-951 Aprobación definitiva Ordenanza fiscal reguladora de la pista de pádel.
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a.
b.
Se faculta a la Alcaldía para la imposición de sanciones a los/as usuarios/as por incumplimiento
de esta Ordenanza. Para ello se tramitará el correspondiente expediente sancionador, con
arreglo a las disposiciones contenidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Título II. PRECIO PÚBLICO
Artículo 11.- Naturaleza.
La prestación patrimonial a satisfacer por el uso de la instalación tiene el carácter de precio
público, por no concurrir ninguna de las circunstancias del artículo 20.1.b) del Real Decreto
Legislativo 2/2004, habida cuenta que los servicios prestados por las instalaciones de pádel
son de solicitud y recepción voluntaria y susceptibles de ser prestados por el sector privado.
Artículo 12.- Tarifas.
Pista de pádel con luz natural…… 4,50 € la hora y media.
Pista de pádel con luz artificial…. 6 € la hora y media.
Artículo 13.- Obligados/as al pago.
Estarán obligadas al pago del precio público todas las personas que utilicen la pista. La
obligación de pago nace desde el momento en que se reserve la pista. Las deudas por precios
públicos podrán exigirse por el procedimiento administrativo de apremio.
DISPOSICIÓN FINAL. La presente Ordenanza entrará en vigor el día de su publicación en el
BOP de la provincia Cáceres, momento en que comenzará a aplicarse, permaneciendo vigente
hasta su modificación o derogación expresa.
Contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo
de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Cabezuela del Valle, 25 de febrero de 2025
María Luisa Yusta Calle
ALCALDESA-PRESIDENTA
CVE:
BOP-2025-951
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 28 de febrero de 2025
N.º 0041
Pág. 4783
b.
Se faculta a la Alcaldía para la imposición de sanciones a los/as usuarios/as por incumplimiento
de esta Ordenanza. Para ello se tramitará el correspondiente expediente sancionador, con
arreglo a las disposiciones contenidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Título II. PRECIO PÚBLICO
Artículo 11.- Naturaleza.
La prestación patrimonial a satisfacer por el uso de la instalación tiene el carácter de precio
público, por no concurrir ninguna de las circunstancias del artículo 20.1.b) del Real Decreto
Legislativo 2/2004, habida cuenta que los servicios prestados por las instalaciones de pádel
son de solicitud y recepción voluntaria y susceptibles de ser prestados por el sector privado.
Artículo 12.- Tarifas.
Pista de pádel con luz natural…… 4,50 € la hora y media.
Pista de pádel con luz artificial…. 6 € la hora y media.
Artículo 13.- Obligados/as al pago.
Estarán obligadas al pago del precio público todas las personas que utilicen la pista. La
obligación de pago nace desde el momento en que se reserve la pista. Las deudas por precios
públicos podrán exigirse por el procedimiento administrativo de apremio.
DISPOSICIÓN FINAL. La presente Ordenanza entrará en vigor el día de su publicación en el
BOP de la provincia Cáceres, momento en que comenzará a aplicarse, permaneciendo vigente
hasta su modificación o derogación expresa.
Contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo
de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Cabezuela del Valle, 25 de febrero de 2025
María Luisa Yusta Calle
ALCALDESA-PRESIDENTA
CVE:
BOP-2025-951
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 28 de febrero de 2025
N.º 0041
Pág. 4783