Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2025-929)
BOP-2025-929 Bases para la provisión de una Plaza de Trabajador/a Social.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Carecer de antecedentes de naturaleza de carácter sexual procediendo a su
acreditación mediante certificado.
2.2.- Los requisitos establecidos en la base 2.1 deberán poseerse en la fecha de finalización
del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el proceso selectivo hasta el
momento de la contratación.
Tercera.- Solicitudes.
3.1.- Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas selectivas se ajustarán al modelo
establecido, y que se incorpora como ANEXO I a las presentes Bases, no admitiéndose otro
tipo de modelo.
3.2.- La solicitud, debidamente cumplimentada, se dirigirá a la Sr. Alcalde-Presidente de la
Corporación (plaza de España, 1, CP 10300, Navalmoral de la Mata), y a ella se deberá
acompañar la siguiente documentación:
Fotocopia del DNI.
Fotocopia de la titulación requerida.
Comprobante o justificante (original o fotocopia compulsada) que acredite el abono
íntegro de la tasa por derechos de examen, o bien documentación acreditativa de estar
exento/a de su abono, según lo estipulado en la base 5.
Para acreditar el abono de la tasa, será imprescindible presentar un documento (original
o fotocopia compulsada) de la entidad bancaria correspondiente, y donde figure el
nombre y apellidos o el número del DNI de la persona aspirante. Por lo tanto, en ningún
caso se admitirá un resguardo de abono de tasa que se descargue o imprima por la
propia persona interesada, si no cuenta con el sello o validación de la entidad bancaria.
Las personas aspirantes con discapacidad igual o superior al 33% que acrediten esta
circunstancia en el momento de presentación de la solicitud tendrán derecho a realizar
las pruebas de selección con medidas de adaptación de tiempo y medios. Para ello,
deberán indicar en la solicitud, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y
medios que precisen para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea
necesaria, siempre que no quede desvirtuado el contenido de las pruebas, ni implique
reducción o menoscabo del nivel de suficiencia exigible, acreditando la discapacidad
mediante certificado expedido por el órgano competente. En estos casos, la solicitud
deberá adjuntar el dictamen médico facultativo emitido por el órgano técnico de
calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias
permanentes que han dado origen al grado de minusvalía reconocido, a efectos de que
el Tribunal Calificador pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la
CVE:
BOP-2025-929
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 27 de febrero de 2025
N.º 0040
Pág. 4704
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Carecer de antecedentes de naturaleza de carácter sexual procediendo a su
acreditación mediante certificado.
2.2.- Los requisitos establecidos en la base 2.1 deberán poseerse en la fecha de finalización
del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el proceso selectivo hasta el
momento de la contratación.
Tercera.- Solicitudes.
3.1.- Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas selectivas se ajustarán al modelo
establecido, y que se incorpora como ANEXO I a las presentes Bases, no admitiéndose otro
tipo de modelo.
3.2.- La solicitud, debidamente cumplimentada, se dirigirá a la Sr. Alcalde-Presidente de la
Corporación (plaza de España, 1, CP 10300, Navalmoral de la Mata), y a ella se deberá
acompañar la siguiente documentación:
Fotocopia del DNI.
Fotocopia de la titulación requerida.
Comprobante o justificante (original o fotocopia compulsada) que acredite el abono
íntegro de la tasa por derechos de examen, o bien documentación acreditativa de estar
exento/a de su abono, según lo estipulado en la base 5.
Para acreditar el abono de la tasa, será imprescindible presentar un documento (original
o fotocopia compulsada) de la entidad bancaria correspondiente, y donde figure el
nombre y apellidos o el número del DNI de la persona aspirante. Por lo tanto, en ningún
caso se admitirá un resguardo de abono de tasa que se descargue o imprima por la
propia persona interesada, si no cuenta con el sello o validación de la entidad bancaria.
Las personas aspirantes con discapacidad igual o superior al 33% que acrediten esta
circunstancia en el momento de presentación de la solicitud tendrán derecho a realizar
las pruebas de selección con medidas de adaptación de tiempo y medios. Para ello,
deberán indicar en la solicitud, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y
medios que precisen para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea
necesaria, siempre que no quede desvirtuado el contenido de las pruebas, ni implique
reducción o menoscabo del nivel de suficiencia exigible, acreditando la discapacidad
mediante certificado expedido por el órgano competente. En estos casos, la solicitud
deberá adjuntar el dictamen médico facultativo emitido por el órgano técnico de
calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias
permanentes que han dado origen al grado de minusvalía reconocido, a efectos de que
el Tribunal Calificador pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la
CVE:
BOP-2025-929
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 27 de febrero de 2025
N.º 0040
Pág. 4704