Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Moheda (E.L.M.). (BOP-2025-927)
BOP-2025-927 Exposición pública estudio viabilidad económica-financiera.
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ESTUDIO ECONÓMICO DEL CANON DE EXPLOTACIÓN DEL BAR DE LA PISCINA
MUNICIPAL DE LA ELM LA MOHEDA DE GATA
1. ANTECEDENTES
El presente estudio constituye una actuación previa a la contratación de la concesión del
servicio de explotación del Bar de la piscina municipal de La Moheda de Gata, situado en la Calle
Oeste, número 2.
Se redacta el presente informe económico, al objeto de evaluar el importe del canon de
explotación de esta actividad.
Conforme al artículo 15 de la LCSP, el contrato de concesión de servicios es aquel en
virtud del cual uno o varios poderes adjudicadores encomiendan, a título oneroso, a una o varias
personas, naturales o jurídicas, la gestión de un servicio cuya prestación sea de su titularidad o
competencia, y cuya contrapartida venga constituida bien por el derecho a explotar los servicios
objeto del contrato o bien por dicho derecho acompañado del de percibir un precio.
Este derecho de explotación de los servicios implica la transferencia al concesionario del
riesgo operacional, abarcando el riesgo de demanda, el de suministro, o ambos.
Se entiende por riesgo de demanda el que se debe a la demanda real de los servicios objeto
del contrato y riesgo de suministro el relativo al suministro de los servicios objeto del contrato, en
particular el riesgo de que la prestación de los servicios no se ajuste a la demanda.
La exposición del concesionario al riesgo de mercado constituye el factor clave para haber
optado por el contrato de concesión de servicio frente al contrato de servicios, puesto que
constituye un incentivo fundamental para que el contratista trate de poner todos los medios a su
alcance, con objeto de obtener la mayor afluencia posible y rentabilizar la explotación ofreciendo
un servicio de calidad. La asunción del riesgo por el concesionario redundará en la buena gestión
del establecimiento lo que incidirá en una mayor satisfacción de los usuarios.
Por otro lado, a través del contrato de concesión de servicio, el ayuntamiento percibiría
ingresos a través del canon que recibe del concesionario sin que ello suponga, en principio, gasto
alguno para la corporación, mientras que, a través de un contrato de servicio, el ayuntamiento no
percibiría canon y, además, tendría que abonar el coste de la administración del bar restaurante y
asumir el coste operacional.
2. CÁLCULO DEL CANON DE EXPLOTACIÓN
La determinación del canon habrá de efectuarse teniendo en cuenta la normativa recogida
en la LCSP y, concretamente en el art. 285.2, cuando señala que “en los contratos de concesión de
servicios la tramitación del expediente irá precedida de la realización y aprobación de un estudio
de viabilidad de los mismos o en su caso, de un estudio de viabilidad económico-financiera”. En
dicho estudio se deberán tener en cuenta la totalidad de ingresos y gastos inherentes a la concesión
que determine la viabilidad de la misma y deberá concluir con la necesidad o no de abonar un
canon al ayuntamiento.
Para calcular el canon de explotación se ha tenido en cuenta la demanda de uso del
servicio, que se fundamenta en la población con que cuenta el municipio y su zona de influencia;
además de la afluencia de los turistas, que varía considerablemente según la época del año. Se
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Jueves, 27 de febrero de 2025
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