Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Deleitosa. (BOP-2025-880)
BOP-2025-880 Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la Prestación Patrimonial de carácter no tributario "Sala Velatorio".
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Deleitosa
ANUNCIO. Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la Prestación
Patrimonial de carácter no tributario "Sala Velatorio".
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial de fecha 10 de enero de 2025,
aprobatorio de la ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN PATRIMONIAL DE
CARÁCTER NO TRIBUTARIO "SALA VELATORIO" DE DELEITOSA.
Cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local.
ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN PATRIMONIAL DE CARÁCTER NO
TRIBUTARIO "SALA VELATORIO.
Preámbulo.
Con la entrada en vigor de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público,
por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, y conforme a lo
dispuesto en sus disposiciones finales novena, undécima y duodécima, se introducen
modificaciones en determinadas normas tributarias, añadiendo una nueva letra c) al artículo 2
de la Ley 8/1989, de 13 de abril, del régimen jurídico de las tasas y los precios públicos; dando
una nueva redacción a la disposición adicional primera de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,
General Tributaria; y añadiendo un nuevo apartado 6 al artículo 20 del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las
Haciendas Locales. En atención a la indicada normativa, las contraprestaciones económicas
establecidas coactivamente que se perciban por la prestación de los servicios de la Sala
Velatorio de Deleitosa tienen la consideración de prestaciones patrimoniales de carácter
público no tributario y deberán regularse mediante Ordenanza.
CVE:
BOP-2025-880
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 25 de febrero de 2025
N.º 0038
Pág. 4251
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Deleitosa
ANUNCIO. Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la Prestación
Patrimonial de carácter no tributario "Sala Velatorio".
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial de fecha 10 de enero de 2025,
aprobatorio de la ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN PATRIMONIAL DE
CARÁCTER NO TRIBUTARIO "SALA VELATORIO" DE DELEITOSA.
Cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local.
ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN PATRIMONIAL DE CARÁCTER NO
TRIBUTARIO "SALA VELATORIO.
Preámbulo.
Con la entrada en vigor de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público,
por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, y conforme a lo
dispuesto en sus disposiciones finales novena, undécima y duodécima, se introducen
modificaciones en determinadas normas tributarias, añadiendo una nueva letra c) al artículo 2
de la Ley 8/1989, de 13 de abril, del régimen jurídico de las tasas y los precios públicos; dando
una nueva redacción a la disposición adicional primera de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,
General Tributaria; y añadiendo un nuevo apartado 6 al artículo 20 del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las
Haciendas Locales. En atención a la indicada normativa, las contraprestaciones económicas
establecidas coactivamente que se perciban por la prestación de los servicios de la Sala
Velatorio de Deleitosa tienen la consideración de prestaciones patrimoniales de carácter
público no tributario y deberán regularse mediante Ordenanza.
CVE:
BOP-2025-880
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 25 de febrero de 2025
N.º 0038
Pág. 4251