Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-849)
BOP-2025-849 EXTRACTO. Bases Reguladoras Convocatoria Asociaciones Memoria Democrática 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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6. CRITERIOS DE VALORACIÓN.
La Comisión de Valoración -cuya composición se determina en la BASE OCTAVA- de la
Convocatoria llevará a cabo la evaluación de las solicitudes, en virtud de los criterios de
selección establecidos en las bases de la Convocatoria. Emitirá la correspondiente acta,
debidamente motivada. No se requerirá a las entidades beneficiarias la aceptación fehaciente
de las ayudas, que se entenderá en todo caso positiva si no mediara renuncia expresa.
La asignación de subvenciones se realizará sobre la base de los principios de transparencia,
objetividad y proporcionalidad de conformidad con el proyecto presentado por cada entidad y
de acuerdo con los criterios y su gradación que se señalan en la BASE SÉPTIMA de la
Convocatoria.
La comisión de valoración graduará, en base a las solicitudes presentadas y vistos los
programas de actividades y la propuesta que realice el Área de Cultura y Deporte, previo
estudio de los mismos, los criterios de valoración con los límites establecidos en cada
apartado.
Se concederán ayudas hasta un importe máximo de 4.000 € CUATRO MIL EUROS) a los
proyectos que obtengan una puntuación igual o superior a 20 puntos. El importe máximo de la
subvención a conceder no podrá exceder del total del gasto subvencionable.
La ayuda se concederá otorgando el valor que corresponda a cada punto una vez dividida la
cuantía total de la partida presupuestaria entre los puntos totales resultante de la suma de los
puntos obtenidos por los/as solicitantes que puedan ser beneficiarios/as de las subvenciones,
en base a los criterios de la base séptima de esta convocatoria.
El total de las subvenciones concedidas no podrán superar la cuantía del crédito disponible
para la presente convocatoria de subvenciones, expresado en la BASE SEGUNDA.
7. OTROS DATOS DE INTERÉS.
Las ayudas serán prepagables al 100%.
Plazo de ejecución: del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025.
Plazo de justificación: hasta el 31 de marzo de 2026.
Cáceres, 19 de febrero de 2025
María Esther Gutiérrez Morán
VICEPRESIDENTA PRIMERA DE TERRITORIO, IGUALDAD Y CULTURA.
CVE:
BOP-2025-849
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 24 de febrero de 2025
N.º 0037
Pág. 4074
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6. CRITERIOS DE VALORACIÓN.
La Comisión de Valoración -cuya composición se determina en la BASE OCTAVA- de la
Convocatoria llevará a cabo la evaluación de las solicitudes, en virtud de los criterios de
selección establecidos en las bases de la Convocatoria. Emitirá la correspondiente acta,
debidamente motivada. No se requerirá a las entidades beneficiarias la aceptación fehaciente
de las ayudas, que se entenderá en todo caso positiva si no mediara renuncia expresa.
La asignación de subvenciones se realizará sobre la base de los principios de transparencia,
objetividad y proporcionalidad de conformidad con el proyecto presentado por cada entidad y
de acuerdo con los criterios y su gradación que se señalan en la BASE SÉPTIMA de la
Convocatoria.
La comisión de valoración graduará, en base a las solicitudes presentadas y vistos los
programas de actividades y la propuesta que realice el Área de Cultura y Deporte, previo
estudio de los mismos, los criterios de valoración con los límites establecidos en cada
apartado.
Se concederán ayudas hasta un importe máximo de 4.000 € CUATRO MIL EUROS) a los
proyectos que obtengan una puntuación igual o superior a 20 puntos. El importe máximo de la
subvención a conceder no podrá exceder del total del gasto subvencionable.
La ayuda se concederá otorgando el valor que corresponda a cada punto una vez dividida la
cuantía total de la partida presupuestaria entre los puntos totales resultante de la suma de los
puntos obtenidos por los/as solicitantes que puedan ser beneficiarios/as de las subvenciones,
en base a los criterios de la base séptima de esta convocatoria.
El total de las subvenciones concedidas no podrán superar la cuantía del crédito disponible
para la presente convocatoria de subvenciones, expresado en la BASE SEGUNDA.
7. OTROS DATOS DE INTERÉS.
Las ayudas serán prepagables al 100%.
Plazo de ejecución: del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025.
Plazo de justificación: hasta el 31 de marzo de 2026.
Cáceres, 19 de febrero de 2025
María Esther Gutiérrez Morán
VICEPRESIDENTA PRIMERA DE TERRITORIO, IGUALDAD Y CULTURA.
CVE:
BOP-2025-849
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 24 de febrero de 2025
N.º 0037
Pág. 4074