Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Salorino. (BOP-2025-835)
BOP-2025-835 Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Municipal reguladora de recogida de residuos.
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AYUNTAMIENTO DE SALORINO
3. En todo caso, el Ayuntamiento podrá supeditar la recogida a la aplicación de
alguna de las medidas previstas en el artículo 5.2 de esta Ordenanza, sin perjuicio
de lo establecido en el artículo 15.
Artículo 28. Recogida especial de residuos vegetales, de competencia
municipal, generados en las actividades de siega, poda y otras
actividades de jardinería.
1. Los productores de residuos vegetales generados en las actividades de siega, y
poda y otras actividades de jardinería, deberán gestionar dichos residuos de
alguna de las siguientes formas:
a) Mediante la solicitud del servicio especial de recogida, en el caso de que
el Ayuntamiento tenga establecido este tipo de recogida para dichos residuos.
b) Mediante su entrega en el punto limpio fijo o móvil, dentro de los límites
establecidos por el Ayuntamiento.
c) Mediante su entrega a un gestor autorizado o a un recogedor registrado
que garantice la entrega a un gestor autorizado.
d) Mediante su depósito en contenedores específicos o sistemas
equivalentes habilitados para el Ayuntamiento.
d) Realizando el tratamiento de los residuos por sí mismos, mediante
compostaje doméstico o comunitario, siempre que no ocasionen molestias u
olores a los vecinos y que lo hayan comunicado previamente al Ayuntamiento a
los efectos de cumplir con las obligaciones establecidas en la normativa aplicable
y computar las cantidades de biorresiduos que se han gestionado mediante este
método.
2. En todo caso, el Ayuntamiento podrá supeditar la recogida de estos residuos a
la aplicación de alguna de las medidas previstas en el artículo 5.2 de esta
Ordenanza, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15.
3. Lo establecido en este artículo no se aplicará respecto de los residuos
generados como consecuencia de los servicios municipales de jardinería, limpieza
o similares.
Artículo 29. Recogida de vehículos abandonados.
30
Cód.
Validación:
A5DCYCHY9SA3M3E6MTH3SM4HR
Verificación:
https://salorino.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2025-835
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 21 de febrero de 2025
N.º 0036
Pág. 4008