Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cedillo. (BOP-2025-787)
BOP-2025-787 Aprobación definitiva modificación Ordenanza municipal reguladora ayudas natalidad.
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DISPOSICIÓN ADICIONAL.
Se tendrá derecho a percibir la correspondiente ayuda por aquellos nacimientos o adopciones
que tengan lugar a partir del 01 de enero de 2024
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente Ordenanza,cuya redacción definitiva ha sido aprobada por el Pleno del
Ayuntamiento en sesión celebrada en fecha 14/10/2024 entrará en vigor una vez publicado su
texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia y haya transcurrido el plazo previsto en el
artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, por remisión de lo dispuesto en el artículo 70.2 de
la misma, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.
Contra el presente acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala
de la contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en
Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente
anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.”
Contra el presente Acuerdo,se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cáceres con sede
en Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del
presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Cedillo, 13 de febrero de 2025
Antonio González Riscado
ALCALDE-PRESIDENTE
CVE:
BOP-2025-787
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 20 de febrero de 2025
N.º 0035
Pág. 3742
Se tendrá derecho a percibir la correspondiente ayuda por aquellos nacimientos o adopciones
que tengan lugar a partir del 01 de enero de 2024
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente Ordenanza,cuya redacción definitiva ha sido aprobada por el Pleno del
Ayuntamiento en sesión celebrada en fecha 14/10/2024 entrará en vigor una vez publicado su
texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia y haya transcurrido el plazo previsto en el
artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, por remisión de lo dispuesto en el artículo 70.2 de
la misma, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.
Contra el presente acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala
de la contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en
Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente
anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.”
Contra el presente Acuerdo,se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cáceres con sede
en Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del
presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Cedillo, 13 de febrero de 2025
Antonio González Riscado
ALCALDE-PRESIDENTE
CVE:
BOP-2025-787
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 20 de febrero de 2025
N.º 0035
Pág. 3742