Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Serradilla. (BOP-2025-773)
BOP-2025-773 Convocatoria para la concesión de subvenciones a Asociaciones para la realización de eventos deportivos 2025.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
3.- Número de asociados/as, de acuerdo con la siguiente baremación:
- Entre 1 y 20: 1 punto.
- Entre 21 y 50: 2 puntos.
- Más de 50: 3 puntos.
La concesión de la subvención se efectuará por orden de prelación, con el límite de la
disponibilidad presupuestaria.
En caso de que únicamente se reciba una solicitud, se asignará de forma automática la
puntuación máxima a la solicitud recibida, sin efectuar la baremación de la misma, y
por tanto se le concederá la subvención por el importe máximo a percibir a por
Asociación.
10. Medios de notificación o publicación
Las notificaciones se practicarán en el lugar y por el medio que el solicitante haga
constar a tal efecto en la solicitud, teniendo en cuenta lo establecido a estos efectos en
el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
11. Justificación.
El sistema de justificación a emplear será el de cuenta justificativa con aportación de
justificantes de gasto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 72 del Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones. teniendo en cuenta la naturaleza de la
presente subvención y, cuyo contenido se cumplimentará siguiendo las indicaciones
del anexo IV.
Las asociaciones beneficiarias presentarán la justificación cumplimentando todos los
campos obligatorios del anexo IV.
Además de este anexo, se acompañarán como documentos anexos de carácter
obligatorio los indicados a continuación:
1. Cuenta justificativa, en modelo normalizado, que recogerá la relación de los gastos
realizados y pagados para las que solicita la subvención.
2. Facturas o documentos admitidos en tráfico mercantil que cumplan los requisitos
necesarios que establece el Real Decreto 1619/2012 de 30 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, o la
legislación aplicable en su caso, demostrativos de los gastos realizados.
Ayuntamiento de Serradilla
Plaza de la Constitución, 1, Serradilla. 10530 (Cáceres). Tfno. 927407002. Fax: 927407163
Cód.
Validación:
6CEAALYCAXJ7DQKQTHYNSNA69
Verificación:
https://serradilla.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
6
de
14
CVE:
BOP-2025-773
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 19 de febrero de 2025
N.º 0034
Pág. 3693
- Entre 1 y 20: 1 punto.
- Entre 21 y 50: 2 puntos.
- Más de 50: 3 puntos.
La concesión de la subvención se efectuará por orden de prelación, con el límite de la
disponibilidad presupuestaria.
En caso de que únicamente se reciba una solicitud, se asignará de forma automática la
puntuación máxima a la solicitud recibida, sin efectuar la baremación de la misma, y
por tanto se le concederá la subvención por el importe máximo a percibir a por
Asociación.
10. Medios de notificación o publicación
Las notificaciones se practicarán en el lugar y por el medio que el solicitante haga
constar a tal efecto en la solicitud, teniendo en cuenta lo establecido a estos efectos en
el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
11. Justificación.
El sistema de justificación a emplear será el de cuenta justificativa con aportación de
justificantes de gasto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 72 del Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones. teniendo en cuenta la naturaleza de la
presente subvención y, cuyo contenido se cumplimentará siguiendo las indicaciones
del anexo IV.
Las asociaciones beneficiarias presentarán la justificación cumplimentando todos los
campos obligatorios del anexo IV.
Además de este anexo, se acompañarán como documentos anexos de carácter
obligatorio los indicados a continuación:
1. Cuenta justificativa, en modelo normalizado, que recogerá la relación de los gastos
realizados y pagados para las que solicita la subvención.
2. Facturas o documentos admitidos en tráfico mercantil que cumplan los requisitos
necesarios que establece el Real Decreto 1619/2012 de 30 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, o la
legislación aplicable en su caso, demostrativos de los gastos realizados.
Ayuntamiento de Serradilla
Plaza de la Constitución, 1, Serradilla. 10530 (Cáceres). Tfno. 927407002. Fax: 927407163
Cód.
Validación:
6CEAALYCAXJ7DQKQTHYNSNA69
Verificación:
https://serradilla.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
6
de
14
CVE:
BOP-2025-773
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 19 de febrero de 2025
N.º 0034
Pág. 3693