Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madrigalejo. (BOP-2025-745)
BOP-2025-745 Modificación de ordenanzas.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Madrigalejo
ANUNCIO. Modificación de ordenanzas.
No habiéndose presentado reclamaciones, reparos o alegaciones al anuncio publicado en el
BOP n.º 246, de 23 de diciembre de 2024, sobre exposición pública de la modificación de la
ordenanza reguladora de las ayudas por natalidad, se considera definitivamente aprobada
conforme previene el artículo 49, en relación con el 70, de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, y artículo 196 del Real Decreto 2568/1986, de 28
de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el texto resultante íntegramente a continuación:
ORDENANZA REGULADORA DE LAS BASES DE LAS AYUDAS PARA NACIMIENTO O
ADOPCIÓN DE HIJOS
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Ayuntamiento de Madrigalejo tiene a la familia como eje fundamental de su acción como
administración pública. Somos conscientes de que el nacimiento o adopción de un niño/a
conlleva unos gastos iniciales a los que las familias tienen que hacer frente.
El descenso en la natalidad es un grave problema de nuestra sociedad frente al que se tienen
que implementar medidas concretas, si bien la incorporación de ciudadanos de otras
nacionalidades ha conseguido aumentar la tasa de natalidad, este incremento es insuficiente
para lograr un crecimiento deseable.
El Ayuntamiento de Madrigalejo no es ajeno a esta situación, producida entre otras causas por
la incorporación de la mujer a la vida laboral. En esta línea existen iniciativas adoptadas por
otras administraciones (autonómica y estatal) para conciliar la vida laboral y familiar.
Con el objetivo último de fomentar la natalidad y con el inmediato de dar una ayuda a las
familias de Madrigalejo, en la medida de los recursos de los que dispone este Ayuntamiento, se
pretende subvencionar a las familias que tengan hijos/as mediante la puesta en marcha de la
presente ordenanza.
CVE:
BOP-2025-745
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 18 de febrero de 2025
N.º 0033
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