Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2025-693)
BOP-2025-693 Aprobación modificación del acuerdo de implantación de la carrera profesional horizontal.
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FORMACIÓN.
Se entenderá por formación recibida el conjunto de actividades que, a través del aprendizaje
planificado, tienen por objetivo el mantenimiento y la mejora de la competencia profesional con
el fin de contribuir a mejorar la calidad de los servicios, la consecución de los objetivos
estratégicos de la organización y el desarrollo profesional de los empleados públicos.
Formación continua.
Las actividades formativas susceptibles de valoración serán:
Asistencia a los cursos de formación, seminarios o jornadas organizados, impartidos u
homologados por el Ayuntamiento de Miajadas o por cualquier Organismo público dependiente
de la Junta de Extremadura.
Asistencia a los cursos de formación, seminarios o jornadas organizados o impartidos por el
Instituto Nacional de Administración Pública o cualquier otro Centro Oficial de Formación de
Empleados Públicos, o acogidos al Plan Nacional de Formación Continua de las
Administraciones Públicas, independientemente del promotor de los mismos. Así como los
cursos de formación organizados o impartidos por las organizaciones sindicales y otras
entidades promotoras, al amparo de los acuerdos de formación para el empleo de las
Administraciones Públicas.
La acreditación de esta formación se realizará por la persona interesada aportando el
correspondiente certificado, que deberán indicar el número de créditos/horas de la actividad
formativa. Aquellos cursos en cuya certificación no aparezca su duración no serán objeto de
valoración.
Se valorarán las actividades formativas conforme a la puntuación fijada en el siguiente cuadro:
En las actividades formativas en las que se fijen pruebas para valorar el grado de
aprovechamiento, la puntuación se incrementará en un 0,25%, en el caso de acreditarse que
se han superado las mencionadas pruebas.
En el caso de que la duración venga expresada por días, la equivalencia será de 1 día = 5
horas.
Formación continua 1 hora = 1 punto. / 1 crédito=10 puntos.
CVE:
BOP-2025-693
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 13 de febrero de 2025
N.º 0030
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